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SALARIO BÁSICO UNIFICADO PARA EL AÑO 2016

Fijar a partir del 1 de enero de 2016, el salario básico unificado para el trabajador en general, incluidos los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícola y trabajadores de maquila; trabajador  o trabajadora remunerada del hogar; operarios de artesanía y colaboradores de la microempresa, en 366,00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica mensuales.

 Con ello, la remuneración mínima exigida por la ley para los trabajadores en el Ecuador sube de 354 a 366 dólares mensuales, tendrá un incremento de 12.

 Disposición Final.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2016, sin perjuicio de su publicación en el Suplemento Registro Oficial No. 658

 

 COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.

 

Dado en Quito Distrito Metropolitano, a 21 de diciembre de 2015.

 

f.) Dr. Leonardo Berrezueta Carrión, Ministro del Trabajo.

 

 

Saludos Cordiales,

Dr. Wilmer Cóndor

Asesor  Empresarial

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