NUEVO PLAZO PARA PRESENTAR EL ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO (ATS)
NUEVO PLAZO PARA PRESENTAR EL ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO (ATS)
Base Legal: R.O. 586 Segundo suplemento publicado el 14 de Septiembre 2015
Resumen Ejecutivo:
El Servicio de Rentas Internas, comunica a los contribuyentes que los Anexos Transaccionales se presentarán a partir de Octubre y ya no en este mes como estuvo en primera instancia. Adicionalmente el SRI, da por válido los Anexos que estén presentados de manera correcta y el SRI los haya validado en su plataforma. Más información en el Adjunto.
Refórmese la Resolución No. NAC-DGERCGC12-00001 que establece las normas relativas a la presentación del Anexo Transaccional Simplificado (ATS)
Artículo 1.-Refórmese la Disposición Transitoria Sexta de la Resolución No. NAC-DGERCGC 12-00001, publicada en el Registro Oficial No. 618 del 13 de enero de 2012, introducida por la Resolución No. NAC-DGERCGC 15-00000458 publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 522 del 15 de junio de 2015, en el siguiente sentido:
«SEXTA.- La presentación del Anexo Transaccional Simplificado (ATS) por parte de los sujetos pasivos señalados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, correspondiente a los meses de marzo a septiembre del ejercicio fiscal 2015, deberá realizarse hasta el último día de cada mes, conforme consta en el calendario descrito a continuación:
Artículo 2.- Los contribuyentes que hayan cargado los anexos correspondientes a los meses de marzo hasta agosto del ejercicio fiscal 2015, podrán realizar una recarga con la nueva versión del DIMM en el caso de ser necesario o de que la Administración Tributaria así lo requiera, caso contrario queda aceptado el anexo presentado en la anterior versión cuya carga haya resultado exitosa.
Artículo 3.- Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas, deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de control y determinación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Se deroga la Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000458, publicada del 15 de junio de de 2015 en el Segundo Suplemento, del Registro Oficial No. 522.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito D.M., a 09 de septiembre de 2015.
Dictó y firmó la Resolución que antecede, el Economista Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio de Rentas Internas (S), en Quito D.M., a. 09 de septiembre de 2015.Lo certifico.
f.) Dra. Alba Molina P, Secretaria General, Servicio de Rentas Internas.”
Saludos Cordiales,
Dr. Wilmer Còndor
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