REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE SOLIDARIDAD
Fuente (servicio de Rentas Internas)
Mediante Decreto Ejecutivo No. 1073, suscrito el viernes 10 de Junio de 2016, por el Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, se expide el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016.
En el mencionado reglamento se establecen los mecanismos de aplicación para la declaración y pago de las cuatro contribuciones solidarias señaladas en la Ley: sobre las remuneraciones, sobre el patrimonio, sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior; y, sobre las utilidades de sociedades y personas naturales. Contribuciones que permitirán contar con recursos económicos para la planificación, construcción y reconstrucción de las infraestructuras públicas y privadas, así como la reactivación productiva, de las zonas afectadas en las provincias de Manabí y Esmeraldas como consecuencia del terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016.
Revise el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana descarga aquí
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Dr. Wilmer Cóndor
Consultor Empresarial
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