
El presidente de la República Daniel Noboa, emitió el decreto 298 a través del cual entra en vigencia el nuevo Reglamento General contra el Lavado de Activos y el Financiamiento de Delitos en Ecuador.
De acuerdo a esto hay controles y cambios clave que debemos saber como empresarios.
Introducción
¿Te has preguntado qué tan preparado está tu negocio para cumplir con las nuevas regulaciones contra el lavado de activos?
Si tienes una empresa en Ecuador, esta pregunta debería estar en tu radar. El presidente Daniel Noboa acaba de cambiar las reglas del juego con el Decreto Ejecutivo 298, y créeme, estas modificaciones te afectan más de lo que piensas.
Imagina el lavado de activos como un río contaminado que fluye a través del sistema financiero. El nuevo reglamento de lavado de activos busca construir un sistema de filtros más efectivo para limpiar esas aguas. Pero, ¿qué significa esto realmente para ti, para tu empresa o para el ciudadano común?
En este artículo, vamos a desglosar todo lo que necesitas saber sobre este reglamento, sin complicaciones legales innecesarias. Te lo explicaré como si estuviéramos tomando un café y charlando sobre cómo proteger tu negocio y el país de los delitos financieros.
¿Qué es el Reglamento de Lavado de Activos y Por Qué Importa?
Empecemos por lo básico. El reglamento de lavado de activos es el conjunto de normas que establece cómo Ecuador previene, detecta y combate el lavado de dinero proveniente de actividades ilegales.
Piénsalo como el manual de instrucciones que deben seguir bancos, empresas, notarías y muchos otros actores económicos.
El Decreto 298, publicado en enero de 2026, no es simplemente otra norma burocrática más. Es una reforma profunda que alinea a Ecuador con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
¿El objetivo? Hacer que el sistema financiero ecuatoriano sea más transparente y menos vulnerable al crimen organizado.
Los Pilares del Nuevo Reglamento
Este reglamento se apoya en tres pilares fundamentales:
Primero, fortalecer la institucionalidad. Se crea el Consejo Nacional de Coordinación contra el Lavado de Activos (Conclaft), un organismo que reúne a las principales entidades del Estado para trabajar de manera coordinada.
Segundo, endurecer las obligaciones para los llamados «sujetos obligados» (bancos, cooperativas, inmobiliarias, casas de cambio y muchos más). Ahora tienen que implementar controles más rigurosos.
Tercero, proteger al sistema financiero mediante herramientas como la inmovilización temporal de fondos sospechosos. Esto le da a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) poderes más amplios para actuar rápidamente.
La UAFE: El Guardián Financiero con Nuevos Poderes
Hablemos de la UAFE. Esta entidad es como el detective financiero del país. Su trabajo es analizar las transacciones sospechosas y detectar patrones que puedan indicar lavado de activos.
Con el nuevo reglamento de lavado de activos, la UAFE puede ahora inmovilizar fondos hasta por 72 horas en casos urgentes.
Sí, leíste bien: tres días. Esto significa que si detectan algo sospechoso en tu cuenta bancaria o en la de tu empresa, pueden congelar esos recursos temporalmente mientras investigan.
¿Suena drástico? Tal vez. Pero es una herramienta necesaria para frenar el movimiento rápido de dinero ilícito. Piensa en esto como un semáforo en rojo que detiene el tráfico cuando hay una emergencia.
¿Qué Pasa con las Transacciones en Efectivo?
Aquí viene una de las reglas más importantes: no puedes realizar transacciones en efectivo iguales o superiores a $10,000 dólares. Esta prohibición ya existía, pero ahora se refuerza con controles más estrictos.
¿Por qué esta medida? Porque el efectivo es difícil de rastrear. Es el método preferido de quienes quieren ocultar el origen de sus recursos.
Al obligar a que las transacciones grandes se hagan mediante el sistema bancario, se crea un registro digital que puede ser auditado.
El Conclaft: Coordinación Interinstitucional como Nunca Antes
Una de las novedades más importantes del reglamento de lavado de activos es la creación del Conclaft. Este consejo no es solo otro comité gubernamental que se reúne de vez en cuando. Es una estructura permanente con poder real.
El Conclaft integra a instituciones clave como:
- La UAFE (que lidera como secretaría)
- El Servicio de Rentas Internas (SRI)
- El Servicio Nacional de Aduana
- La Superintendencia de Bancos
- La Fiscalía General del Estado
- Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
Comités Especializados: Trabajo en Equipo
Dentro del Conclaft funcionan tres comités permanentes que abordan diferentes aspectos:
El Comité de Prevención y Supervisión se enfoca en fortalecer los controles en el sector financiero y otros sujetos obligados. Aquí participan los superintendentes y reguladores.
El Comité de Riesgos e Inteligencia analiza las amenazas emergentes, estudia patrones de lavado de activos y desarrolla estrategias para contrarrestarlos. Es como el cerebro analítico del sistema.
El Comité de Investigación y Judicialización trabaja en fortalecer las capacidades de investigación penal y recuperación de activos. Aquí colaboran fiscales, jueces y cuerpos policiales.
¿Quiénes Son los Sujetos Obligados y Qué Deben Hacer?
Si tienes un negocio, esta sección te interesa especialmente. Los sujetos obligados son todas aquellas personas naturales o jurídicas que, por la naturaleza de su actividad, están obligadas a reportar información a la UAFE.
La lista es extensa e incluye:
- Bancos y cooperativas de ahorro y crédito
- Casas de cambio
- Compañías de seguros
- Inmobiliarias
- Notarías
- Casinos y casas de juego
- Comerciantes de metales y piedras preciosas
- Abogados (en ciertas transacciones)
- Contadores
Obligaciones Concretas del Reglamento de Lavado de Activos
Si eres un sujeto obligado, el reglamento te exige:
Primero, implementar un programa de prevención con políticas claras, procedimientos de control y metodologías de administración de riesgos.
Segundo, designar un oficial de cumplimiento. Esta persona será responsable de supervisar que tu empresa cumpla con todas las obligaciones antilavado.
Tercero, aplicar la política de «Conozca a su Cliente». Debes identificar correctamente a tus clientes, entender su actividad económica y detectar operaciones inusuales.
Cuarto, reportar operaciones sospechosas dentro de los cinco días siguientes de haberlas detectado. No reportar puede traerte sanciones graves.
Quinto, conservar la documentación durante diez años. Sí, una década completa de registros.
Personas Expuestas Políticamente: Control Reforzado
El reglamento de lavado de activos pone especial atención en las Personas Expuestas Políticamente (PEP). ¿Quiénes son? Funcionarios públicos de alto nivel, sus familiares cercanos y colaboradores directos.
¿Por qué este enfoque especial? Porque estas personas manejan o tienen acceso a recursos públicos y están en posiciones donde podrían ser más vulnerables a la corrupción.
¿Qué Implica Ser PEP?
Si eres una PEP, no significa que no puedas abrir una cuenta bancaria o hacer negocios. Significa que las instituciones financieras aplicarán controles más rigurosos:
- Solicitarán información adicional sobre el origen de tus ingresos
- Monitorizarán tus transacciones más de cerca
- Requerirán aprobación de niveles superiores para establecer relaciones comerciales contigo
La condición de PEP se mantiene durante dos años después de que la persona deja el cargo público. Esto evita que alguien salga del gobierno y al día siguiente realice transacciones cuestionables sin ningún escrutinio.
Control en Fronteras: El Formulario de Registro Aduanero
¿Viajas frecuentemente? Entonces debes conocer esta parte del reglamento de lavado de activos. Si ingresas o sales del país con $10,000 dólares o más en efectivo, metales preciosos, piedras preciosas o instrumentos negociables al portador, debes declararlo.
El Servicio Nacional de Aduana tiene treinta días (desde la publicación del decreto) para actualizar los sistemas del Formulario de Registro Aduanero (FRA). Este formulario no es opcional; es obligatorio.
¿Qué Pasa si No Declaras?
No declarar o declarar falsamente puede resultar en:
- Multas administrativas significativas
- Inmovilización de los fondos
- Inicio de investigaciones penales si se presume origen ilícito
Piensa en esto como pasar por el control de seguridad del aeropuerto. Si llevas algo que debe declararse y no lo haces, tendrás problemas.
El Papel de las Notarías y el Sector Inmobiliario
Las notarías enfrentan cambios importantes. Cada notaría debe tener su propio oficial de cumplimiento, diferente al notario titular. Esto garantiza independencia en la vigilancia.
Los notarios deben reportar actos, contratos y diligencias que superen ciertos umbrales o que consideren sospechosos. El Consejo de la Judicatura, a través de su Unidad Complementaria Antilavado, supervisará este cumplimiento.
Para el sector inmobiliario, las exigencias son similares. Comprar o vender una propiedad implica ahora un mayor escrutinio sobre el origen de los fondos, especialmente en transacciones grandes.
Sanciones: ¿Qué Pasa si No Cumples?
El reglamento de lavado de activos establece un sistema de sanciones escalonado. Las infracciones se clasifican en tres categorías:
Infracciones leves: multa de 1 a 10 salarios básicos unificados. Por ejemplo, presentar reportes con información incompleta o de baja calidad.
Infracciones graves: multa de 11 a 20 salarios básicos. Casos como el incumplimiento reiterado de obligaciones de reporte.
Infracciones muy graves: multa de 21 a 40 salarios básicos. Incluyen la omisión total de reportar operaciones sospechosas o la violación del secreto de información reservada.
La reincidencia agrava las sanciones. Si ya fuiste sancionado y vuelves a cometer la misma infracción, recibirás la sanción máxima del rango correspondiente.
Protección de Analistas y Denunciantes
Una característica importante del reglamento de lavado de activos es la protección de quienes detectan y reportan actividades sospechosas.
Los funcionarios de la UAFE que elaboran reportes de operaciones inusuales e injustificadas tienen protección especial. Su identidad se mantiene en reserva mediante códigos alfanuméricos. Si deben comparecer ante autoridades judiciales, lo hacen con distorsión de voz e imagen.
Para los oficiales de cumplimiento de empresas privadas, existe protección similar. Revelar su identidad constituye un delito.
Además, la UAFE establece un canal seguro para denuncias ciudadanas. Cualquier persona que conozca operaciones sospechosas puede informar de manera confidencial.
Tecnología al Servicio del Control
El reglamento impulsa la digitalización. El Sistema para la Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SISLAFT) es la plataforma donde los sujetos obligados cargan sus reportes.
El SRI debe implementar mecanismos tecnológicos para transferir continuamente información sobre beneficiarios finales de personas jurídicas a la UAFE. Esto crea una red de información en tiempo real.
La Aduana también digitaliza el control del FRA, permitiendo cruces de información más eficientes.
Evaluación Nacional de Riesgos: Entendiendo las Amenazas
Cada cierto tiempo, la UAFE ejecuta una Evaluación Nacional de Riesgos (ENR). Este ejercicio identifica cuáles son los sectores, regiones y actividades más vulnerables al lavado de activos.
Los resultados de la ENR alimentan el Plan Nacional de Acción Estratégico, que establece objetivos, estrategias y acciones concretas para combatir el lavado de dinero.
Esta evaluación no es un documento secreto guardado en un cajón. Se comparte con el sector público y privado para que todos ajusten sus sistemas de prevención basándose en riesgos reales, no suposiciones.
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Cooperación Internacional: Ecuador en el Escenario Global
El reglamento de lavado de activos busca alinear a Ecuador con estándares internacionales, particularmente las recomendaciones del GAFI. ¿Por qué importa esto?
Porque el lavado de activos es un delito transnacional. El dinero cruza fronteras con un clic. Si Ecuador no cumple con estándares internacionales, puede ser incluido en listas grises o negras que dificultan el comercio internacional y las inversiones.
El nuevo reglamento facilita el intercambio de información con unidades de inteligencia financiera de otros países, siempre respetando los marcos legales de protección de datos.
Desafíos de Implementación
Seamos realistas: implementar este reglamento de lavado de activos no será fácil. Las empresas pequeñas pueden enfrentar dificultades para designar oficiales de cumplimiento capacitados o desarrollar sistemas robustos de control.
El sector público también enfrenta retos. Coordinar efectivamente tantas instituciones requiere voluntad política, recursos y, sobre todo, continuidad en las políticas públicas.
Además, existe el riesgo de sobrerregulación. Demasiados controles pueden encarecer y complicar operaciones legítimas, afectando la competitividad del país.
El equilibrio está en aplicar un enfoque basado en riesgos: más controles donde hay más peligro, controles proporcionados donde el riesgo es menor.
Si deseas descargarte el reglamento completo emitido por el presidente Daniel Noboa, clic en la imagen:

Conclusión
El nuevo reglamento de lavado de activos marca un antes y un después en la lucha de Ecuador contra los delitos financieros. No es perfecto, y su implementación presentará desafíos, pero representa un paso necesario hacia un sistema financiero más transparente y seguro.
Si eres empresario, debes tomarte en serio estas obligaciones. No se trata solo de evitar multas; se trata de construir un negocio ético y sostenible. Si eres ciudadano común, estas normas te protegen al hacer más difícil que el crimen organizado opere libremente.
El Decreto 298 no es el final del camino, sino el comienzo de un proceso de fortalecimiento institucional. Su éxito dependerá de la voluntad de aplicarlo consistentemente y de la capacidad del Estado para apoyar a quienes deben cumplirlo.
¿Está tu empresa preparada? ¿Conoces tus obligaciones? Si la respuesta es no, este es el momento de actuar. El reglamento ya está vigente, y el tiempo para adaptarse es ahora.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué debo hacer si mi empresa es identificada como sujeto obligado según el reglamento de lavado de activos?
Primero, obtén tu código de registro ante la UAFE dentro de los 30 días siguientes. Luego, designa un oficial de cumplimiento que apruebe el curso de la UAFE, elabora tu Manual de Prevención de Lavado de Activos, y comienza a reportar operaciones según los plazos establecidos. Si no sabes por dónde empezar, considera contratar asesoría especializada.
2. ¿Puedo seguir usando efectivo para mis transacciones comerciales?
Sí, pero con limitaciones importantes. No puedes realizar transacciones en efectivo iguales o superiores a $10,000 dólares. Por debajo de ese monto, el efectivo sigue siendo válido. Para montos mayores, debes usar medios bancarios que dejen registro digital de la operación.
3. ¿Qué pasa si viajo con $9,500 dólares? ¿Tengo que declararlo?
No. La obligación de declarar comienza en $10,000 dólares o su equivalente en otras monedas. Sin embargo, si llevas cerca del umbral y viajas frecuentemente, es recomendable llevar documentación que justifique el origen lícito de esos fondos para evitar inconvenientes.
4. ¿Cuánto tiempo tengo para reportar una operación sospechosa si soy oficial de cumplimiento?
Tienes cinco días contados desde que el comité de cumplimiento de tu empresa (o tú directamente si no hay comité) tiene conocimiento de la operación sospechosa. Este plazo es estricto y no reportar a tiempo puede generar sanciones para la empresa.
5. ¿La condición de Persona Expuesta Políticamente me impide abrir cuentas bancarias o hacer negocios?
No te impide hacer negocios ni abrir cuentas. Lo que sucede es que las instituciones financieras aplicarán controles de debida diligencia reforzada: te pedirán más información sobre el origen de tus fondos, monitorearán tus transacciones más de cerca y necesitarán aprobaciones de niveles superiores. Es un control más estricto, pero no una prohibición.




