
Notificar la contratación de auditoría externa es ahora tu verdadera tarea. El 30 de septiembre de 2026, se cerró el plazo para firmar el contrato.
¿Corriste a cargar el archivo en el portal creyendo que era el último día? Tranquilo. Estabas mezclando dos relojes distintos.
Imagina una carrera de relevos. El primer corredor es la firma del contrato. El segundo es el aviso a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (Supercias).
Cada uno corre en su propia pista. El artículo 321 de la Ley de Compañías lo explica así: la contratación se hace hasta noventa días antes del cierre del ejercicio.
Luego, la compañía informa a la Supercias en treinta días desde la contratación.
Para empresas con cierre al 31 de diciembre, la Supercias y las firmas especializadas fijan ese tope en el 30 de septiembre.
Es decir, el primer reloj ya se detuvo.
El segundo reloj, en cambio, sigue en marcha. Y arrancó el día en que firmaste, no el día en que terminó septiembre.
Esta tabla resume qué venció y qué falta para notificar la contratación de auditoría externa:

¿Ves el matiz? Firmar es lo que no admite retraso. Subir el documento sí te da margen, pero ese margen se acorta cada día.
Plazo para notificar la contratación de auditoría externa: cómo se cuenta
Aquí aparece el error más caro: creer que todos tienen hasta el 30 de octubre. Falso.
Esa fecha solo aplica si firmaste el 30 de septiembre.
La regla es sencilla. Para notificar la contratación de auditoría externa, tomas la fecha de tu contrato y le sumas treinta días.
Ese resultado es tu fecha límite personal.
Veamos algunos ejemplos contados en días calendario:
| Fecha de firma del contrato | Último día para notificar | Situación hoy |
|---|---|---|
| 20 de agosto de 2026 | 19 de septiembre de 2026 | Plazo vencido |
| 15 de septiembre de 2026 | 15 de octubre de 2026 | Quedan pocos días |
| 28 de septiembre de 2026 | 28 de octubre de 2026 | En plazo |
| 30 de septiembre de 2026 | 30 de octubre de 2026 | En plazo |
Fíjate en la primera fila. Quien firmó en agosto ya superó los treinta días, así que conviene revisar tu contrato hoy mismo.
La ley habla de «treinta días contados desde la fecha de contratación» y no aclara si son hábiles.
Por prudencia, cuenta días corridos y confirma el criterio con tu asesor legal.
Además, no esperes al último día.
El portal se congestiona.
La guía oficial de GOB.EC registró 14.381 atenciones en septiembre de 2025, frente a solo 201 en julio.
Es como llegar a un peaje en feriado: la fila crece justo cuando más prisa tienes.
Quiénes deben notificar la contratación de auditoría externa
Solo debe notificar la contratación de auditoría externa quien está obligado a auditarse.
Y esa obligación depende del activo total que reportaste a la Supercias en el ejercicio anterior.
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Desde el ejercicio 2025, los montos ya no son dólares fijos. Ahora se expresan en salarios básicos unificados (SBU) y se ajustan solos cada año.
Con un SBU de USD 482 para 2026, estos son los valores aproximados:
| Tipo de compañía | Activos (en SBU) | Equivalente aproximado |
|---|---|---|
| Sucursales de compañías extranjeras | Más de 273 SBU | USD 131.586 |
| Compañías de economía mixta, anónimas y SAS con participación pública o social | Más de 273 SBU | USD 131.586 |
| Anónimas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones y SAS privadas | Más de 1.366 SBU | USD 658.412 |
| Compañías obligadas a presentar balances consolidados | Sin límite de activos | No aplica |
Ojo con esto: algunas publicaciones aún mencionan los antiguos USD 100.000 y USD 500.000. Esos montos corresponden a ejercicios anteriores a 2025.
Por otro lado, la Supercias puede ordenar una auditoría externa si tiene dudas fundadas sobre tu información financiera, aunque no alcances esos montos.
¿Y si tu ejercicio no cierra en diciembre?
Entonces tu fecha de contratación cambia, porque se calcula noventa días antes de tu propio cierre.
Lo que no cambia es la regla de los treinta días tras firmar.
Paso a paso para notificar la contratación de auditoría externa en el portal
El trámite para notificar la contratación de auditoría externa es en línea y gratuito. Funciona las 24 horas, según la guía oficial de GOB.EC.
Solo necesitas ordenar tus datos antes de entrar.
Sigue esta ruta:
- Entra a www.supercias.gob.ec y elige «Portal de trámites en línea».
- Ingresa con el usuario y la contraseña del auditor externo contratado, sea persona natural o jurídica.
- En el menú, selecciona «Auditoría externa» y luego «Notificar contratación de auditoría».
- Registra el número de registro del auditor, la fecha de contratación, la fecha de fin del contrato y el tipo de informe.
- Adjunta el contrato en PDF, guarda y envía la información.
Fíjate en el paso dos. Las credenciales son del auditor, no de tu empresa. Por eso necesitas coordinar con él desde ya.
Cuando envíes todo, el sistema manda una confirmación al correo registrado. Guárdala. Es tu prueba de cumplimiento si alguien pregunta.
También cuida el archivo. Cada página del PDF debe pesar máximo 150 kb, escaneada en blanco y negro con resolución máxima de 300 ppp.
¿Te equivocaste en algún dato? No abras un trámite nuevo. Usa la opción «Rectificar contratación de auditoría externa» y corrige la información enviada.
Qué pasa si no logras notificar la contratación de auditoría externa a tiempo
Seamos claros con lo que dicen las fuentes. Las firmas especializadas detallan la sanción por no contratar: una multa de hasta doce salarios básicos.
Con un SBU de USD 482, eso equivale a unos USD 5.784. Si el incumplimiento persiste, la Supercias puede ordenar la intervención de la compañía.
Para la notificación tardía, las fuentes revisadas no precisan una multa específica.
Aun así, es un incumplimiento formal y quedas expuesto a la acción de control.
¿Y si todavía no firmaste el contrato?
Fírmalo ya.
Documenta por escrito la razón del retraso, porque la ley habla de causa justificada calificada por la Supercias.
Después, consulta con tu abogado. Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría legal personalizada.
Errores frecuentes al notificar la contratación de auditoría externa
Estos tropiezos se repiten cada año al notificar la contratación de auditoría externa. Ninguno es difícil de evitar si los conoces.
- Confundir firmar con subir. El 30 de septiembre vencía la firma, no la carga del documento.
- Aplicar el 30 de octubre a todos. Tu plazo corre desde tu propia fecha de contrato.
- Dejarlo para el último día. Un portal saturado o un error en el PDF te pueden costar el plazo.
- Olvidar las credenciales del auditor. Sin ellas, nadie puede ingresar el trámite.
- Adjuntar un contrato ilegible. Revisa firmas, páginas completas y peso del archivo antes de enviarlo.
Qué hacer esta semana para notificar la contratación de auditoría externa sin sustos
Convierte todo lo anterior en un plan corto para notificar la contratación de auditoría externa. Una lista de pendientes vale más que mil buenas intenciones.
Primero, ubica el contrato firmado y anota su fecha.
Segundo, suma treinta días y marca esa fecha en tu calendario.
Tercero, escríbele a tu auditor y pídele que ingrese el trámite.
Cuarto, prepara el PDF con el peso y la resolución exigidos.
Quinto, guarda la confirmación del correo en tu archivo societario. Así, cualquier revisión futura te encontrará con los deberes hechos.
Y después de notificar, ¿qué sigue?
El auditor realiza su trabajo y, según firmas especializadas, el informe se entrega generalmente hasta el 30 de abril del año siguiente.
Luego envía copia a la Supercias.
Conclusión
El plazo para contratar cerró el 30 de septiembre de 2026, pero el reloj para notificar la contratación de auditoría externa sigue corriendo.
Suma treinta días a tu fecha de firma, coordina con tu auditor y envía el contrato en PDF sin esperar el último día.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo puedo notificar la contratación de auditoría externa si firmé el 30 de septiembre de 2026?
Puedes notificar la contratación de auditoría externa hasta el 30 de octubre de 2026.
La ley da treinta días desde la fecha de contratación.
Si firmaste otro día, suma treinta días a esa fecha.
¿Cuál es la diferencia entre contratar y notificar la contratación de auditoría externa?
Contratar es firmar el contrato con un auditor calificado, hasta noventa días antes del cierre del ejercicio.
Notificar es informar esa contratación a la Supercias dentro de treinta días desde la firma.
¿Dónde se hace el trámite para notificar la contratación de auditoría externa?
En el portal de trámites en línea de la Supercias, en la opción «Auditoría externa» y luego «Notificar contratación de auditoría».
Se ingresa con el usuario del auditor contratado.
¿Qué datos y documentos necesito para el trámite?
Necesitas el contrato de auditoría en PDF.
También debes registrar el número de registro del auditor, la fecha de contratación, la fecha de fin del contrato y el tipo de informe.
¿Qué pasa si firmé hace más de treinta días y no he notificado?
Estás fuera del plazo legal.
Notifica de inmediato, guarda la confirmación y consulta con tu abogado sobre el riesgo de sanción y la forma de justificar el retraso.



