NORMAS PARA LA RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE DENUNCIAS, QUEJAS, SUGERENCIAS Y FELICITACIONES QUE SE PRESENTEN ANTE EL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
NORMAS PARA LA RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE DENUNCIAS, QUEJAS, SUGERENCIAS Y FELICITACIONES QUE SE PRESENTEN ANTE EL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Fuente: Servicio de Rentas Internas
Base Legal: SRO 980 del 7 Abril 2017
Artículo 1. Ámbito de aplicación.- Expedir las normas para la recepción y gestión de denuncias quejas, sugerencias y felicitaciones que sean presentadas ante el Servicio de Rentas Internas.
Artículo 2. Recepción de las denuncias, quejas, sugerencias y felicitaciones.- Toda persona podrá presentar ante el Servicio de Rentas Internas denuncias por acciones u omisiones que constituyan incumplimientos de obligaciones, deberes formales tributarios, ilícitos relativos a los impuestos, o por acciones u omisiones de sus servidores. Para el efecto, esta Administración Tributaria pondrá a disposición de la ciudadanía los canales para la recepción de denuncias de acuerdo a los requisitos, formularios y procedimientos publicados en la página web www.sri.gob.ec.
En los distintos canales que establezca el Servicio de Rentas Internas, las personas también podrán, a través de la presentación de quejas, expresar su insatisfacción a los servicios que la Administración presta o a los procesos que ejecuta, así mismo podrán presentar sugerencias, propuestas e iniciativas específicas encaminadas a mejorarlos inclusive que impliquen la simplificación de los procedimientos administrativos, y además podrán emitir sus felicitaciones a la gestión de la Administración Tributaria y sus servidores.
Artículo 3. Contenido de las denuncias.- El denunciante describirá el hecho denunciado y, siempre que cuente con la información pertinente, identificará a las personas involucradas en su realización, para lo cual la persona deberá indicar datos mínimos relacionados con la identificación del denunciado y de la supuesta infracción.
Artículo 4. Reserva de la información.- De conformidad al ordenamiento jurídico vigente, la información constante en las denuncias que recepte el Servicio de Rentas Internas es reservada.
Artículo 5. Asignación de las denuncias, quejas, sugerencias y felicitaciones.- La gestión de las denuncias, quejas, sugerencias y felicitaciones se asignará a las diferentes unidades administrativas del Servicio de Rentas Internas, de acuerdo a sus respectivas competencias.
Artículo 6. Gestión de las denuncias, quejas sugerencias y felicitaciones.- Previos los análisis que sean pertinentes, inclusive los relativos a factibilidad, las diferentes unidades del Servicio de Rentas Internas procederán a realizar la gestión necesaria en función de los hechos informados y ejecutar el debido proceso, atendiendo a las directrices institucionales. Las unidades deberán reportar el estado y la conclusión de sus actividades al Departamento de Derechos del Contribuyente, en las condiciones y con la periodicidad que este departamento establezca.
Disposición Derogatoria Única.- Deróguese las siguientes resoluciones:
- NAC-DGER2007-0304, publicada en Registro Oficial No. 89 de 22 de mayo de 2007.
- NAC-DGER2008-1413, publicada en el Registro Oficial No. 481 de 04 de diciembre de 2008.
- NAC-DGERCGC10-00273, publicada en el Registro Oficial No. 224 de 29 de junio de 2010.
- NAC-DGERCGC14-00285, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 243 de 12 de mayo de 2014.
- NAC-DGERCGC14-00286, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 243 de 12 de mayo de 2014.
Disposición Final.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Publíquese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 03 de abril de 2017.
Dictó y firmó la resolución que antecede, el Economista Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio de Rentas Internas, en Quito D. M., 03 de abril de 2017.
Lo certifico.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de Rentas Internas.
Saludos Cordiales,
Dr. Wilmer Cóndor
Consultor Empresarial
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Oficina: 02 3285 312/ 02 3280240