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NUEVO PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017

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Fuente:       Servicio de Rentas Internas  

Base Legal: SRO 999 del 8 Mayo 2017

Artículo 1.- Por única vez, las personas naturales obligadas a la presentación de la Declaración Patrimonial, deberán presentar dicha declaración, correspondiente al año 2017, en el mes de julio, hasta las fechas señaladas en el siguiente calendario, conforme el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) o cédula de identidad del sujeto obligado:

RUC o CIFecha máxima de
presentación
110 de julio
212 de julio
314 de julio
416 de julio
518 de julio
620 de julio
722 de julio
824 de julio
926 de julio
028 de julio

Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil.Para el caso de personas naturales obligadas a la presentación de esta declaración patrimonial que posean pasaporte y no cuenten con cédula de identidad, la fecha máxima de presentación será la misma que corresponde a las personas naturales cuyo noveno dígito de cédula de identidad es 0 (cero).

Artículo 2. Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de control.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese.

Dado en Quito DM, a 27 de abril de 2017.

Dictó y firmó la Resolución que antecede, el Economista Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio de Rentas Internas, en Quito D. M., a 27 de abril de 2017.

Lo certifico.

f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de Rentas Internas.

Saludos Cordiales,

 Dr. Wilmer Cóndor

 Consultor Empresarial

 Cel. 0999495331

 Oficina: 02 3285 312/ 02 3280240

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