Fuente:       Ministerio de Trabajo.

Base Legal: RO N°336 del 27 de septiembre del 2018

Capítulo I

Ámbito y Objeto

Art. 1.- Ámbito de aplicación. – El presente Acuerdo Ministerial es de aplicación obligatoria para la Dirección de Atención a Grupos Prioritarios, las Direcciones Regionales de Trabajo y Servicio Público y las Delegaciones Provinciales del Ministerio del Trabajo, respecto a la calificación y certificación de sustitutos directos.

Boletín Contable

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