PROCEDIMIENTO PARA QUE LOS SUJETOS PASIVOS AUTORICEN EN LÍNEA LA EJECUCIÓN DE SUS TRÁMITES A TERCERAS PERSONAS
Fuente: Servicio de Rentas Internas
Base Legal: SRO N°347 del 15 de octubre del 2018
Artículo 1. Ámbito. – Establecer las normas para que los sujetos pasivos autoricen mediante el portal web del Servicio de Rentas Internas, la ejecución de sus trámites o el acceso a los servicios que la Administración Tributaria pone a disposición de la ciudadanía, a través de terceras personas, siendo este el único canal con el cual se pueda autorizar a terceras personas, salvo en los casos en los que se cuente con poder legalmente otorgado.
Artículo 2. Requisito previo. – Para poder autorizar a terceras personas la ejecución de trámites o el acceso a servicios, el sujeto pasivo previamente deberá firmar el acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos aprobado para el efecto, en el que se aceptará todas las condiciones relacionadas a la utilización de «Claves de Usuario» y de la tecnología a utilizarse.
Artículo 3. Autorización. – Los contribuyentes que requieran autorizar a terceras personas la realización de trámites a su nombre, deberán acceder al portal web institucional www.sri.gob.ec y seguir las especificaciones técnicas que para el efecto establezca el Servicio de Rentas Internas.
DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA. – Quienes mantengan suscrito el acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos, no requerirán volver a firmar dicho acuerdo, siendo necesaria la única aceptación de las condiciones establecidas en el portal web institucional.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. – Lo establecido en la presente resolución será aplicable a partir del momento en el cual Servicio de Rentas Internas implemente los mecanismos tecnológicos necesarios dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal 2019.
DISPOSICIÓN FINAL. – La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y será aplicable conforme lo previsto en la Disposición Transitoria Única de este acto normativo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito DM, a 25 de septiembre de 2018.
Dictó y firmó la Resolución que antecede, la Economista Marisol Andrade Hernández, Directora General del Servicio de Rentas Internas, en la ciudad de Quito, D.M., a 25 de septiembre de 2018.
Lo certifico.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de Rentas Internas.