NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS PARA LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) A LOS EXPORTADORES DE BIENES

Fuente:       Servicio de Rentas Internas

Base Legal: SRO N°462 del 05 de abril del 2019

Resolución No:  NAC-DGERCGC19-00000015

Artículo 1.- Objeto.- Establézcanse las normas que regulan el procedimiento y requisitos para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los exportadores de bienes, de conformidad con lo señalado en el presente acto normativo.

Artículo 2.- Periodicidad.- Las solicitudes de devolución del IVA se presentarán por períodos mensuales, excepto cuando los bienes objeto de la exportación, sean de producción o elaboración cíclica, en cuyo caso las solicitudes de devolución de IVA, por dichos períodos, se presentarán una vez efectuada la exportación.

Para efectos de la presente resolución, entiéndase como producción o elaboración por períodos cíclicos a aquellos procesos de producción o elaboración que genere el bien exportable cada determinado período de tiempo, siempre que sea mayor a un mes.

Art 3.- Mecanismos de devolución del IVA. – Los mecanismos de devolución del IVA pagado y retenido por los exportadores de bienes son:

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