SRI

Impuesto al rendimiento financiero en Ecuador 2026: todo lo que necesitas saber

¿Tienes una póliza o un depósito a plazo fijo en un banco o cooperativa? Entonces esto te afecta directamente.

Desde marzo de 2026, el SRI subió el porcentaje de retención sobre el impuesto al rendimiento financiero en Ecuador, y aunque el cambio parece pequeño, entenderlo bien puede ahorrarte sorpresas cuando cobres tus ganancias.

Vamos paso a paso, sin tecnicismos innecesarios, para que sepas exactamente qué está pasando, cuánto te van a retener y, lo más importante, si puedes recuperar ese dinero.

¿Qué es el impuesto al rendimiento financiero en Ecuador?

Antes de entrar en los cambios, aclaremos el concepto. Cuando tú pones tu dinero en una póliza de acumulación, un depósito a plazo fijo o un certificado de inversión, el banco o cooperativa te paga un interés por ese dinero.

Esa ganancia —ese rendimiento— es un ingreso, y como todo ingreso, está sujeto a retención del Impuesto a la Renta en la fuente.

Piénsalo como el peaje que pagas por pasar por una autopista. No es que te estén quitando algo injustamente; es simplemente la forma en que el Estado cobra su parte de tus ganancias financieras.

El cambio que entró en vigor en marzo de 2026

El Servicio de Rentas Internas emitió la resolución NAC-DGERCGC26-00000009 el 27 de febrero de 2026, que incrementa el porcentaje de retención en la fuente del Impuesto a la Renta sobre los rendimientos financieros.

A partir del 1 de marzo de 2026, las entidades del sistema financiero deben aplicar una tarifa del 3% sobre los intereses generados por diversas modalidades de ahorro e inversión.

Antes de esta resolución, la retención era del 2%. Un punto porcentual de diferencia puede sonar trivial, pero cuando hablamos de montos grandes o mucho dinero, la cifra acumulada es significativa para la recaudación del Estado.

Entre los cambios más importantes desde marzo de 2026 se encuentran: rendimientos financieros del 2% al 3%, mano de obra del 2% al 3%, arrendamiento de inmuebles del 8% al 10%, entre otros ajustes al esquema general de retenciones.

¿A qué inversiones aplica el impuesto al rendimiento financiero en Ecuador?

No todas las inversiones están en el mismo saco. La nueva resolución determina que la retención del 3% aplica sobre los ingresos por concepto de intereses y cualquier otra clase de rendimientos financieros generados por cuentas corrientes, certificados financieros, pólizas de acumulación, depósitos a plazo, certificados de inversión, avales, fianzas y documentos similares.

En otras palabras, si tu dinero está trabajando en cualquiera de estos instrumentos, ya entra en el radar del SRI. Pero aquí viene la parte que muchos no conocen.

La excepción clave: los 180 días que te salvan del impuesto

¿Sabías que puedes librarte completamente de esta retención con una simple decisión de plazo? La legislación tributaria ecuatoriana establece que los intereses obtenidos en depósitos o inversiones con un plazo igual o superior a 180 días están exentos de este impuesto.

Si la inversión dura menos de 180 días, se aplica la retención del 3%. Si el plazo es de 180 días o más, los intereses quedan exentos.

Es como elegir entre un pasaje de avión con restricciones o uno flexible. El que dura más tiempo te cuesta menos en impuestos. Así de simple.

En resumen, la aplicación de exoneracion en los depósitos a plazo fijo e inversiones en renta fija deberá emitirse a un plazo de 180 días calendario o más para no ser sujeto a retención del 3%. LRTI, Art. 9, numeral 15.1

¿Sobre qué se calcula la retención? (Aquí no te asustes)

Este punto es crucial y muchos lo malentienden. La retención del 3% se calcula exclusivamente sobre la ganancia o rendimiento económico generado y no sobre el capital principal invertido por el cliente.

Eso significa que si tienes USD 5.000 invertidos, el SRI no te retiene el 3% de esos 5.000 dólares. Te retiene el 3% de los intereses que ganas. La diferencia es enorme.

Para que lo veas con números concretos: si abres una póliza por cuatro meses, por USD 5.000, con una tasa de interés de 4,75% anual, ganarías USD 80,50 de rendimiento.

El banco o cooperativa te retendrá USD 2,41, que es el 3% de USD 80,50. La ganancia que recibirás al final de los cuatro meses será de USD 78,09.

¿Lo ves? No es el fin del mundo. Son dos dólares con cuarenta y un centavos sobre una ganancia de ochenta. La retención es sobre las ganancias, no sobre tu capital.

👉Te interesa: Impuesto a la renta influencers, docentes y artistas: todo sobre la retención del 10%

¿Quién retiene el dinero y a dónde va?

Aquí hay una confusión frecuente que vale la pena aclarar. Ese valor no constituye un cobro de la entidad financiera, sino un anticipo del Impuesto a la Renta del contribuyente.

El banco o la cooperativa actúa únicamente como agente de retención que transfiere esos recursos al SRI.

Tu banco no se queda con ese dinero. Actúa simplemente como intermediario, como el cajero que cobra el peaje y lo deposita en la cuenta del municipio. El destino final siempre es el SRI.

¿Cuánto dinero manejan los ecuatorianos en depósitos a plazo?

Para entender por qué este cambio importa tanto, basta con ver las cifras. En enero de 2026, los depósitos en la banca privada sumaron USD 60.112 millones.

¿Cuánto dinero manejan los ecuatorianos en depósitos a plazo?

La mayor parte de ese monto, el 42,2%, corresponde a depósitos a plazo fijo.

En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito más grandes del país, los depósitos a enero sumaron USD 23.590 millones, de ese valor el 72,4% está en cuentas a plazo fijo.

Estamos hablando de decenas de miles de millones de dólares en depósitos a plazo. Un cambio de un punto porcentual en la retención sobre los rendimientos de esas inversiones representa una recaudación adicional muy significativa para el fisco.

¿Cuánto pagan los bancos y cooperativas en tasas de interés?

Antes de invertir, también conviene saber qué tan bien te pagan. Según datos del Banco Central del Ecuador, la tasa promedio de interés para depósitos a plazo en marzo de 2026 se ubica en 5,54% anual.

Cuando el ahorro supera los 180 días, el promedio sube a 5,56% y puede alcanzar cerca de 6,80% anual en plazos mayores a un año.

Curiosamente, si inviertes a más de 180 días no solo ganas más intereses, sino que además estás exento de la retención del impuesto al rendimiento financiero en Ecuador. Es un doble beneficio que muchos ahorristas pasan por alto.

¿Puedes recuperar el dinero que te retienen?

La respuesta corta es: sí, en muchos casos. Los contribuyentes podrán recuperar ese dinero si, al presentar su declaración anual, el cálculo del impuesto resulta menor o igual al valor retenido.

En ese escenario, el usuario puede solicitar la devolución o utilizar el monto como crédito tributario para el siguiente ejercicio fiscal.

¿Y cuándo debes hacer esa declaración? Las personas naturales deberán presentar la declaración del Impuesto a la Renta correspondiente al año 2026 en marzo de 2027, según el noveno dígito de su cédula o RUC.

Así que si te retuvieron durante 2026, podrás pedir la devolución o aplicarlo como crédito tributario una vez que hagas tu declaración el año siguiente. No es dinero perdido para siempre.

¿Quiénes deben declarar Impuesto a la Renta en 2026?

No todo el mundo está obligado a declarar. Este mecanismo es relevante para las personas naturales que superen la fracción básica gravada de USD 12.208 anuales establecida para el presente ciclo fiscal.

Eso equivale a un ingreso mensual superior a USD 1.017,33.

Lee también: Declaración del impuesto a la renta en Ecuador 2026: guía completa para declarar sin errores

Si tus ingresos totales están por debajo de ese umbral, no tienes obligación de declarar; pero la retención igual se aplica sobre tus rendimientos si tu inversión es a menos de 180 días.

Consejos prácticos antes de invertir tus ahorros

Entonces, ¿qué debes tener en cuenta antes de abrir una póliza o depósito a plazo? Aquí van algunas ideas concretas:

Elige plazos de 180 días o más. Si tu situación financiera te lo permite, aprovechar la exoneración del impuesto al rendimiento financiero en Ecuador es la jugada más inteligente. Además, obtendrás mejores tasas de interés.

Compara tasas entre bancos y cooperativas. Las cooperativas suelen pagar tasas de interés más altas para incentivar a más ahorristas a confiarles sus depósitos. Pero también considera la seguridad de la entidad.

Revisa el seguro de depósitos. Los depósitos en bancos y cooperativas cuentan con cobertura de la Corporación del Seguro de Depósitos (Cosede).

En la banca privada, el seguro protege hasta USD 32.000 por depositante, mientras que en cooperativas la cobertura varía entre USD 1.000 y USD 32.000 según el segmento de la entidad.

Guarda los comprobantes de retención. Son tu evidencia ante el SRI y te servirán para solicitar devolución o crédito tributario en tu declaración anual.

¿Por qué el SRI hizo estos cambios ahora?

La respuesta está en la política fiscal. El SRI señaló que el objetivo de la resolución es definir los porcentajes de retención en la fuente del Impuesto a la Renta que deberán aplicar los sujetos pasivos que paguen o acrediten en cuenta ingresos que constituyan rentas gravadas para quien los perciba.

En términos simples: el Estado necesita recaudar más y de manera más eficiente, y actualizar las tablas de retención es una de las herramientas más directas para lograrlo.

No es un cambio aislado; es parte de una reestructuración completa del esquema de retenciones que también tocó otros rubros como arrendamientos, servicios profesionales y mano de obra.

Conclusión

El impuesto al rendimiento financiero en Ecuador no es un fantasma que devora tus ahorros, pero sí es algo que todo inversionista, pequeño o grande, debe entender bien.

El cambio de marzo de 2026 subió la retención del 2% al 3% sobre los intereses de tus pólizas y depósitos a plazo fijo, pero solo si esas inversiones son a menos de seis meses.

Si inviertes a 180 días o más, quedas exento. Y si ya te retuvieron, tienes la posibilidad de recuperar ese dinero en tu declaración anual de 2027.

La clave está en informarte, planificar bien tus inversiones y aprovechar los beneficios que la misma ley te ofrece.


Preguntas frecuentes

¿El impuesto al rendimiento financiero en Ecuador se aplica sobre todo mi dinero invertido?

No. La retención del 3% se calcula únicamente sobre la ganancia o interés que genera tu inversión, no sobre el capital que depositaste. Si invertiste USD 10.000 y ganaste USD 150 de intereses, la retención es de USD 4,50, no del capital.

¿Qué pasa si mi póliza es a exactamente 180 días?

Las inversiones con un plazo igual o superior a 180 días calendario, están exoneradas de la retención del impuesto al rendimiento financiero en Ecuador. Una póliza a exactamente 180 días sí califica para la exoneración.

¿Puedo recuperar el dinero que me retuvieron por rendimientos financieros?

Sí. El valor retenido funciona como un pago anticipado del Impuesto a la Renta. Al presentar tu declaración en marzo de 2027, puedes usarlo como crédito tributario o solicitar su devolución si el impuesto causado resulta menor a lo retenido.

¿Las cooperativas también aplican la nueva retención del 3%?

Sí. Tanto bancos como cooperativas de ahorro y crédito son agentes de retención designados por el SRI y deben aplicar el 3% sobre los rendimientos financieros en inversiones a menos de 180 días, desde el 1 de marzo de 2026.

¿Qué pasa si tengo ingresos menores a USD 12.208 anuales y me retuvieron el impuesto sobre mis rendimientos?

Aunque no estés obligado a declarar Impuesto a la Renta por estar bajo la fracción básica exenta, puedes presentar una declaración voluntaria para solicitar la devolución de los valores retenidos, ya que al final tu impuesto causado sería cero.

Boletín Contable

Boletín Contable es una Revista virtual con temas de actualidad administrativos y financieros. Asesoría y capacitación. Contabilidad, auditoría, tributación, NIIFs, laboral.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba