
¿Sabías que tienes derecho a recuperar parte del dinero que pagas en impuestos cada vez que compras alimentos, medicinas o ropa?
Si eres mayor de 65 años o tienes una discapacidad certificada, el Estado ecuatoriano te devuelve el IVA que pagaste en tus compras personales.
Pero ojo, porque en 2026 las reglas cambiaron y hay cosas importantes que necesitas saber para no perder este beneficio.
En este artículo te explico todo: qué es, quién puede acceder, cuánto te devuelven, cuáles son los nuevos rubros permitidos y cómo hacer el trámite paso a paso. Así de sencillo.
¿Qué es la devolución del IVA y por qué existe?
Piénsalo así: cada vez que compras algo, pagas un impuesto del 15% sobre ese producto. Ese dinero se llama IVA (Impuesto al Valor Agregado) y va directo al Estado.
Sin embargo, la ley ecuatoriana reconoce que ciertos grupos de personas —como los adultos mayores y quienes tienen discapacidad— merecen un alivio económico.
Por eso, el Servicio de Rentas Internas (SRI) les devuelve ese impuesto cuando las compras son de primera necesidad y para uso personal.
La devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad es, en pocas palabras, un beneficio tributario de carácter personal que te permite recuperar el dinero que ya gastaste en impuestos.
No es un bono ni una ayuda social; es tu dinero de regreso.
¿Quiénes tienen derecho a este beneficio en 2026?
No todo el mundo puede acceder a este beneficio. Para ser elegible, debes ser una persona adulta mayor ecuatoriana o extranjera residente en el Ecuador que haya cumplido o supere los 65 años de edad al momento de pagar el IVA en la compra.
En el caso de personas extranjeras, pueden solicitar la devolución del IVA a partir de la fecha de expedición de su cédula de ciudadanía.
Para las personas con discapacidad, las condiciones son igualmente claras: debe ser una persona calificada por la autoridad sanitaria (Ministerio de Salud Pública) con una discapacidad mayor o igual al 30%, residente en el Ecuador, al momento de pagar el IVA en la compra.
Además, este beneficio también aplica a personas sustitutas de personas con discapacidad, que se hayan registrado como sustitutos directos en el Ministerio de Trabajo o sustitutos por solidaridad humana en el MIES.
Si cumples uno de estos criterios, ya eres elegible. Ahora toca entender cuánto puedes recuperar.
¿Cuánto dinero puedes recuperar mensualmente?
Aquí viene la buena noticia para 2026. A partir de enero de 2026, la devolución mensual del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad en Ecuador se incrementó a 144,60 dólares, tras el aumento del Salario Básico Unificado (SBU) a 482 dólares.
¿Cómo se calcula eso? El monto máximo de devolución se calcula aplicando la tarifa vigente del IVA (15%) sobre el equivalente a dos salarios básicos unificados.
Con el SBU de 482 dólares, dos salarios suman 964 dólares, y el 15% de esa base resulta en 144,60 dólares mensuales.
Hasta diciembre de 2025, el tope era de 141 dólares. Aunque la diferencia no parece enorme, al cabo del año se acumula y representa un alivio real.
Lo mejor de todo es que este ajuste se aplica de forma automática, sin necesidad de trámites adicionales para actualizar el cálculo. El sistema simplemente se adapta con el nuevo salario básico.
Para las personas con discapacidad, hay un matiz adicional. El valor a reintegrar depende directamente del porcentaje de discapacidad que presente el ciudadano.
El reglamento establece una escala proporcional: a mayor grado de discapacidad, mayor es el porcentaje del beneficio al que se tiene derecho, hasta alcanzar el tope máximo legal permitido.
Los nuevos rubros permitidos en 2026: Lo que cambió
Este es quizás el cambio más importante que debes conocer si ya venías tramitando tu devolución. El SRI redujo significativamente las categorías en las que puedes solicitar el reintegro del IVA.
Antes, el sistema permitía pedir la devolución en rubros como vestimenta, vivienda, salud, alimentación, educación, comunicación, cultura, deporte y transporte.
Sin embargo, desde enero y febrero de 2026, el organismo tributario redujo las categorías habilitadas a únicamente cinco: alimentación, vestimenta, salud, enseñanza y construcción.
¿Qué significa esto en la práctica? Que ya no puedes pedir devolución de IVA por combustible, transporte, cultura ni comunicación.

Si presentas facturas de esas categorías, simplemente el sistema no las va a procesar. Es como intentar encajar una pieza cuadrada en un espacio redondo: no funciona, aunque la factura sea perfectamente válida.
Este ajuste busca reforzar los controles y asegurar que el beneficio se use exclusivamente para cubrir necesidades personales básicas del titular.
El SRI detectó que en años anteriores se presentaban solicitudes por compras que no tenían relación con las necesidades reales del adulto mayor o persona con discapacidad. Un ejemplo llamativo: devoluciones por combustible a nombre de personas que no poseían vehículo.
El control de facturas: Las reglas que no puedes ignorar
Además de los rubros permitidos, el SRI reforzó la verificación de los comprobantes de venta. Y aquí hay una regla que muchos desconocen y que puede costarte caro si no la cumples.
Para que una factura sea válida para la devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad, debe cumplir con varias condiciones simultáneamente:
Primero, el comprobante debe estar emitido con el número de cédula del beneficiario, no con RUC. Si la factura aparece con RUC, el sistema simplemente la va a rechazar y no aparecerá como opción para procesar.
Segundo, debe corresponder estrictamente a un consumo personal del titular. Tercero, la compra debe pertenecer a una de las cinco categorías habilitadas.
¿Por qué es tan importante esto? Porque muchas personas, sin mala intención, compraban productos para uso comercial —por ejemplo, para una tienda— y luego intentaban incluir esas facturas en la solicitud de devolución. Ahora el sistema filtra automáticamente ese tipo de comprobantes. Si está emitido con RUC, ni aparece en la plataforma.
¿Cómo tramitar la devolución del IVA? Paso a paso
¿Te parece complicado? No tiene por qué serlo. En realidad, hay dos modalidades para acceder a la devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad, y cada una tiene sus ventajas.
Modalidad automática (la más cómoda)
A diferencia del método tradicional, donde el ciudadano debe pagar el valor total, solicitar la factura electrónica y luego realizar un trámite de solicitud de reintegro en el portal del SRI, la automatización simplifica el proceso al instante.
Bajo este esquema, al momento de realizar la compra, el sistema del comercio se conecta con la base de datos de la administración tributaria y aplica el descuento de forma inmediata.
Para usar este canal, la solicitud de registro para el canal automático debe realizarse únicamente en caso de que no haya sido notificado con el código de confirmación, y se realiza por una única vez en las oficinas del Servicio de Rentas Internas.
De momento solo se transfiere a la cuenta bancaria y no se emiten notas de crédito desmaterializada.
Modalidad por solicitud (en línea o presencial)
Si prefieres tramitar la devolución de forma tradicional, el procedimiento en línea es: ingresar a www.sri.gob.ec y escoger la opción Devoluciones/IVA Adultos Mayores, llenar y subir el listado de comprobantes, ingresar al menú de facturas electrónicas y seleccionar las facturas del año y periodo a solicitar, y enviar la solicitud.
Luego de enviar, debes verificar en el lapso de 24 horas el número de trámite generado en el menú de notificaciones electrónicas.
El SRI emite una resolución con los valores reconocidos, notificada al contribuyente en un plazo máximo de 60 días hábiles. El dinero llega directo a la cuenta bancaria registrada.
¿Cuánto tiempo tienes para pedirla?
Aquí hay una ventaja que pocas personas conocen. Según el SRI, la devolución del IVA puede solicitarse hasta cinco años después de la emisión del comprobante de venta.
Esto significa que si tienes facturas del 2021 guardadas en un cajón y nunca las tramitaste, aún estás a tiempo.
Eso sí, asegúrate de que esas facturas correspondan a los rubros actualmente habilitados y que estén emitidas a tu nombre con cédula. Las reglas de 2026 aplican para las nuevas solicitudes, así que revisa bien cada comprobante antes de presentarlo.
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El problema de los atrasos: ¿Se están pagando las devoluciones?
Seamos francos: existe un problema que afecta a muchos beneficiarios y del que no se habla lo suficiente.
El Gobierno de Ecuador acumula atrasos en la devolución del IVA a adultos mayores y personas con discapacidad.
Según el SRI, el monto adeudado por devolución de IVA a grupos vulnerables es de unos 119 millones de dólares, con corte al 26 de noviembre de 2025.
De ahí que un grupo de jubilados presentó una acción de protección porque a septiembre de 2025, había casos de adultos mayores a los que les debían hasta 11 meses de devolución.
El SRI, por su parte, ha explicado que actúa como entidad ejecutora pero que la asignación de fondos depende del Ministerio de Economía.
Si tu solicitud está aprobada pero no has recibido el dinero, es importante que sigas consultando el estado en el portal SRI en Línea y que, de ser necesario, acudas a una agencia del SRI para hacer seguimiento presencial.
Te interesa: Devolución del Impuesto a la Renta en Ecuador: Guía Completa SRI 2026
Consejos prácticos para no perder tu beneficio
Antes de cerrar, algunos consejos que marcan la diferencia:
Siempre pide tus facturas con tu número de cédula, nunca con RUC. Organiza tus comprobantes por mes y categoría. Revisa periódicamente el portal del SRI para ver si tienes facturas electrónicas disponibles para solicitar.
Registra una cuenta bancaria activa a tu nombre en el sistema. Y recuerda que puedes presentar varias solicitudes de un mismo mes, siempre que sean comprobantes nuevos no presentados anteriormente.
La devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad es un derecho tuyo. No lo dejes perder por desconocimiento.
Conclusión
La devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad en Ecuador es uno de los beneficios tributarios más importantes que el Estado pone a disposición de sus ciudadanos más vulnerables.
En 2026, el monto máximo subió a 144,60 dólares mensuales, pero también se redujeron las categorías habilitadas a solo cinco: alimentación, vestimenta, salud, enseñanza y construcción. El control de facturas se volvió más estricto, y el sistema ya no acepta comprobantes con RUC ni de rubros no autorizados.
¿La clave para aprovechar este beneficio al máximo? Informarte, organizarte y tramitar tus solicitudes a tiempo. Este dinero es tuyo y tienes derecho a recibirlo.
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo solicitar la devolución del IVA si tengo menos del 30% de discapacidad?
No. Para acceder a la devolución del IVA para personas con discapacidad, el porcentaje certificado por el Ministerio de Salud Pública debe ser igual o mayor al 30%.
Si tu discapacidad es inferior a ese porcentaje, lamentablemente no calificas para este beneficio, aunque sí podrías revisar si cumples otros criterios de beneficios tributarios.
2. ¿Qué pasa si mi factura está a nombre de mi esposo/a pero yo soy el beneficiario?
Esa factura no califica. El comprobante debe estar emitido estrictamente con tu número de cédula. Si está a nombre de un tercero, el sistema la rechazará automáticamente, sin importar que el gasto haya sido para ti.
3. ¿Puedo pedir la devolución del IVA de compras de años anteriores?
Sí, tienes hasta cinco años desde la fecha de emisión del comprobante para presentar tu solicitud. Sin embargo, verifica que los rubros de esas facturas sean válidos bajo las reglas actuales antes de presentarlas.
4. ¿La devolución automática del IVA aplica en todos los comercios del Ecuador?
No en todos. Solo en los locales comerciales que están autorizados y habilitados con el mecanismo de devolución automática.
Puedes consultar la lista de establecimientos autorizados directamente en la página web del SRI.
5. ¿Qué hago si el SRI aprobó mi solicitud pero no me han depositado el dinero?
Primero verifica en el portal SRI en Línea el estado de tu trámite. Si la resolución ya fue emitida pero el pago está pendiente, acude a una agencia del SRI para hacer seguimiento.
Los atrasos existen, pero hay mecanismos para exigir el pago. Mantén registro de todas tus solicitudes y fechas de aprobación.
Así, hemos revisado detalles importantes sobre la devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad en 2026.




