NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE DINERO ELECTRÓNICO
NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE DINERO ELECTRÓNICO
Fuente: Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
Base Legal: RO 857 del 7 de Octubre 2016
CAPÍTULO I
DEFINICIONES, CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS PARTICIPANTES; Y DERECHOS DE LOS USUARIOS
ARTÍCULO 1.- Objeto: regular la Gestión del Sistema de Dinero Electrónico administrado por el Banco Central del Ecuador.
ARTÍCULO 2.- Definiciones:
- ACUERDO DE CONEXIÓN (ACO).- Documento donde constarán las condiciones técnicas, operativas, jurídicas y económicas para la conexión entre la infraestructura de la Plataforma de Dinero Electrónico del Banco Central del Ecuador con la de los operadores tecnológicos de telecomunicaciones.
- ADMINISTRADOR DEL SDE.- El Banco Central del Ecuador es el responsable de planificar, controlar, establecer normas de funcionamiento operativo y gestionar eficientemente el Sistema de Dinero Electrónico.
- AGENTE INTEGRADOR.- Son todas aquellas entidades del sistema financiero nacional que requieran conectarse a la Plataforma de Dinero Electrónico para ofrecer productos y servicios propios o de terceros a través de la referida plataforma.
- CENTROS DE TRANSACCIÓN.- Serán los puntos de atención registrados por los Macro Agentes que proveerán de los servicios y productos del SDE a los Usuarios y que cumplan con las condiciones establecidas en el REGLAMENTO DE PARTICIPANTES DEL SDE (RPDE), el MANUAL DE PROCEDIMIENTO Y OPERACIÓN DEL SISTEMA DE DINERO ELECTRÓNICO (MPODE) y los requisitos que para el efecto establezcan los Agentes Integradores.
- CONVENIO DE ADHESIÓN DEL MACRO AGENTE AL SISTEMA DE DINERO ELECTRÓNICO.- Es el documento mediante el cual se formaliza la participación de los Macro Agentes y sus Centros de Transacción asociados al Sistema de Dinero Electrónico.
Este documento contendrá las condiciones técnicas, comerciales y operativas, así como las responsabilidades que establezcan el Banco Central del Ecuador o los Agentes Integradores a los Macro Agentes y que deberán ser cumplidas por los mismos.
Saludos Cordiales,
Dr. Wilmer Cóndor
Consultor Empresarial
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Oficina: 02 3285 312/ 02 3280240
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