NUEVA CLASIFICACIÓN DE MICROS, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS “MIPYMES” VIGENTES DESDE 7 DE DICIEMBRE 2017
Fuente: Función Ejecutiva
Base Legal: SRO No 135 del 07 diciembre del 2017
Artículo Único.- En el artículo 106 del Reglamento a la Estructura e Institucionalidad de Desarrollo Productivo de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo, establecidos en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, expedido mediante Decreto Ejecutivo número 757, publicado en el Suplemento del Registro Oficial número 450 del 17 de mayo del 2011, sustitúyase en la letra a) la frase «cien mil (US $ 100.000,00)» por «trescientos mil (US $ 300.000,00)»; y, en la letra b) la frase «cien mil uno (US $ 100.001,00)» por «trescientos mil uno (US $300.001.00)».
Disposición Final. – Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 22 de noviembre de 2017.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.
Quito, 29 de noviembre del 2017, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento firmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Saludos Cordiales,
Dr. Wilmer Cóndor
Consultor Empresarial
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