REGLAMENTO PARA LA DETERMINACIÓN Y RECAUDACIÓN DE CONTRIBUCIONES DEL ÁMBITO SOCIETARIO
Fuente: Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Base Legal: RO 236 del 08 de mayo 2018
CAPITULO I
DE LA DETERMINACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN ANUAL A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS, Y SU RECAUDACIÓN
Art. 1.- Obligación tributaria.- Las compañías nacionales, las sucursales de compañías u otras empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas, y las asociaciones y consorcios que formen entre sí o con compañías nacionales sujetas a vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, y éstas últimas entre sí, que ejerzan sus actividades en el Ecuador, pagarán anualmente una contribución que se determinará sobre la base de sus activos reales que constaren en sus estados financieros y Esta contribución será fijada anualmente por la anexos.
Esta contribución será fijada anualmente por la Superintendencia, de conformidad a lo que establece la ley de Compañías.
Art. 2.- Formato de recepción de los estados financieros. – Los estados financieros y sus anexos serán presentados conforme a las…
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