REFORMA EN LAS FACTURAS QUE SE EMITAN CON OCASIÓN DE TRANSFERENCIAS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
REFORMA EN LAS FACTURAS QUE SE EMITAN CON OCASIÓN DE TRANSFERENCIAS DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS DERIVADOS DE HIDROCARBUROS Y BIOCOMBUSTIBLES, SE INCORPORE EL NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD O CIUDADANÍA DEL ADQUIRENTE
Fuente: Servicio de Rentas Internas
Base Legal: 2SRO N°255 del 05 de Junio del 2018
Artículo 1.- Disponer que en las facturas que se emitan con ocasión de transferencias de combustibles líquidos derivados de hidrocarburos (CLDH) y biocombustibles, se incorpore como requisito de llenado, adicionalmente a los establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios, el número de cédula de identidad o ciudadanía del adquirente y el número de placa del respectivo vehículo de transporte terrestre. Así mismo, en el caso de venta de combustibles líquidos derivados de hidrocarburos (CLDH) y biocombustible para transporte marítimo se deberá incluir el número de matrícula de la embarcación o nave.
Artículo 2.- Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas, deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de control.
DISPOSICIÓN FINAL. – Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. –
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito D.M., a 18 de mayo de 2018.
Dictó y firmó la Resolución que antecede, el Abogado Galo Maldonado López, Director General del Servicio (S) de Rentas Internas, en Quito D. M., a 18 de mayo de 2018.
Lo certifico.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de Rentas Internas.