TRÁMITES EN EL SRI YA NO REQUIEREN COPIA DE CÉDULA Y PAPELETA DE VOTACIÓN, SOLO PRESENTAR ORIGINALES
Fuente: Servicio de Rentas Internas
Base Legal: SRO N°347 del 15 de octubre del 2018
Artículo Único. – En todos los actos normativos emitidos por el Servicio de Rentas Internas en los que se requiera la copia de la cédula de ciudadanía, identidad o certificado de votación, se entenderá cumplido dicho requerimiento con la sola presentación de los referidos documentos. Sin perjuicio de lo señalado, el SRI podrá emitir los procedimientos internos que permitan verificar la identidad del respectivo sujeto pasivo.
DISPOSICIÓN FINAL. – La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito DM, a 25 de septiembre de 2018.
Dictó y firmó la Resolución que antecede, la Economista Marisol Andrade Hernández, Directora General del Servicio de Rentas Internas, en la ciudad de Quito, D.M., a 25 de septiembre de 2018.
Lo certifico.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General, Servicio de Rentas Internas