Listado de Servicios Artísticos y Culturales Gravados con Tarifa 0% de Impuesto al Valor Agregado
Artículo 1.- Se establece el listado de servicios artísticos y culturales gravados con tarifa cero por ciento de Impuesto al Valor Agregado:
- Servicios de preproducción, producción y montaje museográfico (como curaduría y proyectos curatoriales);
- Servicios de composición musical o de escultura;
- Servicios de organización, producción y presentación de espectáculos artísticos y culturales:
- Servicios de preproducción, producción y post-producción audiovisual (incluidos los de animación creación de imágenes, titulada, subtitulada, doblaje, efectos visuales);
- Servicios de composición, edición, preproducción, producción y post producción en el ámbito musical, fonográfico y sonoro;
- Servicios de grabación de actividades artísticas y culturales en vivo;
- Servicios bibliotecarios o bibliotecólogos;
- Servicios de la publicación, edición, traducción, impresión y comercialización de libros (se incluyen estos servicios relacionados con textos digitales);
- Servicios especializados de fotografía; y,
- Servicios de investigación relacionados a la cultura, las artes, el patrimonio y la memoria social.
Artículo 2.- Para aplicar la tarifa de cero por cientode Impuesto al Valor Agregado, los prestadores de los servicios detallados en el artículo precedente deberán estar obligatoriamente registrados en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) bajo la actividad económica relacionada con dichos servicios y cumplir con los demás requisitos y condiciones que para el efecto se establezcan mediante resolución del Servicio de Rentas Internas.
Disposición General Única. – El presente listado mantendrá su vigencia mientras no sea modificado, sustituido o derogado.
Disposición Final. – El presente Decreto Ejecutivo, cuya ejecución se encarga al Servicio de Rentas Internas y al Ministerio de Cultura y Patrimonio, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de julio de 2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.
Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento firmado electrónicamente.
Dra. Johana Pesántez Benítez SECRETARIA GENERAL JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.
Fuente: Función Ejecutiva
Base Legal: SRO N° 13 del 07 de agosto del 2019
Decreto No: 829