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Nueva ley de vivienda de interés social: cómo las empresas reducen impuestos construyendo casas

¿Te imaginas que una empresa pueda transformar dólar por dólar su deuda tributaria en ladrillos, paredes y techos para familias que más lo necesitan? Suena casi demasiado bueno para ser verdad. Pero la nueva ley de vivienda de interés social en Ecuador hace exactamente eso posible, y entenderla bien puede cambiar por completo la estrategia fiscal y social de cualquier empresa en el país.

Esta reforma, publicada en el Registro Oficial el 1 de abril de 2026, no es una exención más en el laberinto tributario ecuatoriano.

Es un mecanismo de impacto directo que convierte la declaración de impuesto a la renta en una herramienta de política habitacional.

Y eso, en un país con un déficit habitacional histórico agravado por desastres climáticos, es mucho más que un tecnicismo contable.

¿Qué es exactamente la nueva ley de vivienda de interés social?

Para entender el fondo, hay que aclarar primero qué es una vivienda de interés social en Ecuador.

Según la Ley Orgánica de Vivienda, se trata de la primera y única vivienda de una persona, destinada a grupos de atención prioritaria y a población en situación de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad.

También aplica para familias de ingresos bajos o medios que nunca han recibido un beneficio habitacional similar.

Estas viviendas tienen un subsidio del Estado, y ese subsidio varía según el segmento en que se clasifique la casa.

La nueva ley de vivienda de interés social establece beneficios tributarios concretos para los segmentos 1 y 2 de esa clasificación.

La Asamblea Nacional aprobó esta reforma el 30 de marzo de 2026, y su nombre completo es Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno para Incentivar la Construcción de Viviendas de Interés Social y Reducir el Déficit Habitacional. Largo nombre, impacto enorme.

El beneficio central: una rebaja dólar por dólar

Aquí viene el corazón de la reforma. A diferencia de las deducciones tradicionales, que simplemente reducen la base imponible antes de calcular el impuesto, esta ley opera de otra manera. Es una rebaja directa sobre el impuesto a la renta ya causado.

En otras palabras: si tu empresa dona viviendas de interés social, ese valor se resta dólar por dólar del impuesto que ya determinaste que debes pagar. No es un descuento en la base de cálculo. Es un crédito tributario pleno en la línea final.

¿La diferencia práctica? Enorme. Una deducción del 25% sobre un gasto de $100.000 te ahorra $25.000 en impuestos. Una rebaja directa de $100.000 sobre tu impuesto causado te ahorra $100.000 exactos. Eso es lo que ofrece la nueva ley de vivienda de interés social.

Los dos segmentos que activan el beneficio

La normativa divide las donaciones elegibles en dos escenarios operativos:

El segmento 1 aplica cuando la empresa dona la vivienda completa, asumiendo el subsidio total. Aquí hablamos de casas de hasta $21.208 si el terreno es de la persona beneficiaria, o de hasta $30.848 cuando el terreno es del Estado, incluyendo obras de urbanización y equipamiento.

Es la entrega física total: la constructora pone los materiales, la mano de obra y entrega la llave.

El segmento 2, en cambio, funciona para empresas que no tienen capacidad constructora, como entidades financieras o empresas de servicios.

En este caso, la donación no es de la casa física sino del valor equivalente al subsidio parcial del Estado para viviendas de entre $21.208 y $49.164.

El subsidio que el Estado reconoce para este segmento es de $4.338 (9 Salarios Básicos Unificados), y ese es exactamente el monto máximo que puede donarse bajo esta figura.

Así que una empresa de tecnología, por ejemplo, puede transferir $4.338 a un fideicomiso estatal y rebajar ese valor directamente de su impuesto a la renta. Sencillo, medible, documentable.

El tope del 30%: el freno de mano que protege al fisco

Ahora bien, si la rebaja es tan poderosa, ¿qué impide que las empresas más grandes del país paguen cero impuestos por esta vía? Ahí entra el primer candado técnico: la rebaja tiene un límite máximo del 30% del impuesto a la renta causado en el ejercicio fiscal correspondiente, sin derecho a devolución.

Este detalle de «sin derecho a devolución» es crítico y merece atención especial.

Imagina que una empresa planifica donar $1.000.000 en viviendas, confiando en que su impuesto causado será de $4.000.000 (el 30% sería $1.200.000, suficiente para cubrir la donación).

Pero al cierre del año, las ventas cayeron y el impuesto causado terminó siendo solo $2.000.000. El tope válido es $600.000, y los $400.000 restantes de donación simplemente se pierden sin compensación alguna.

No hay arrastre al año siguiente. No hay nota de crédito. No hay cheque de devolución. Es una regla de úsalo o piérdelo dentro del mismo período fiscal. Por eso la planificación tributaria previa a esta decisión no puede ser casual ni improvisada.

La valoración que blinda las auditorías

¿Y si una empresa infla el valor de las viviendas donadas para acceder a un crédito fiscal mayor? La ley lo anticipa con una regla de valoración técnica inapelable.

Proyecto de viviendas de interés social
Proyecto de viviendas de interés social | Img: El Universo

Para calcular el monto exacto de la rebaja, no se toma en cuenta el costo interno de construcción que reporta la empresa, ni un avalúo comercial privado.

El valor que reconoce el Estado es el técnico referencial establecido por el Ente Rector de Hábitat y Vivienda: básicamente, el costo paramétrico por metro cuadrado que fija el ministerio para este tipo de viviendas.

Si la empresa construye de forma ineficiente y gasta $40.000 en una unidad cuyo valor técnico referencial es $25.000, el crédito fiscal será solo por $25.000. El Estado no subsidia la ineficiencia corporativa.

Además, la ley cierra otra puerta clásica de planificación agresiva: en ningún caso se puede incluir el valor del terreno que ya era propiedad del beneficiario dentro del monto donado. Esto evita que las empresas inflen artificialmente el paquete de donación usando tierras ajenas para subir el crédito fiscal.

El convenio previo: sin este papel, no hay beneficio

Antes de que cualquier contador registre la rebaja en los libros, existe un requisito indispensable: la suscripción de un convenio formal entre el contribuyente y el Ente Rector de Hábitat y Vivienda. Este documento es la partida de nacimiento del proyecto.

Sin ese convenio previo firmado, la donación no califica para el crédito fiscal. Punto. No importa que la empresa haya construido un barrio entero: si no existe el paraguas legal previo, el SRI no reconocerá el beneficio.

Una vez ejecutada la obra, los documentos varían según el segmento. Para el segmento 1 se requiere un acta de entrega-recepción firmada por tres partes: el donante, el ministerio y el beneficiario final. Para el segmento 2, el respaldo habilitante es la escritura pública de compraventa de la vivienda.

La ventana de tiempo: cuatro ejercicios fiscales y nada más

La nueva ley de vivienda de interés social no es una política permanente. Su disposición transitoria décima establece una vigencia limitada y muy concreta: aplica exclusivamente para los períodos fiscales 2026, 2027, 2028 y 2029. Cuatro cierres fiscales, y se acabó.

Esto plantea un reto de planificación urbana y financiera brutal. Diseñar, aprobar y ejecutar proyectos de construcción civil dentro de ventanas fiscales anuales, con todos los requisitos documentales que implica la intervención ministerial, no es poca cosa.

Para complicarlo un poco más, el ministerio publicará el catálogo de zonas prioritarias con necesidades habitacionales hasta el 15 de febrero de cada año (para los ejercicios 2027 a 2029).

Eso significa que los equipos financieros tendrán que aprobar reservas de capital genéricas en octubre o noviembre del año previo, y recién en febrero del año de ejecución sabrán en qué territorios específicos pueden actuar. La ventana real de ejecución es de aproximadamente diez meses y medio.

¿Quién controla el impacto macro? El Ministerio de Finanzas

La nueva ley de vivienda de interés social incorpora un cerrojo macroeconómico que vale la pena entender. Si el incentivo es tan atractivo, ¿qué pasa si el 80% de las grandes corporaciones decide usarlo masivamente en el mismo año?

El Ministerio de Economía y Finanzas tiene la potestad, y la obligación, de fijar anualmente un monto máximo de gasto tributario permitido por esta rebaja. Una vez que los convenios suscritos alcancen ese techo, la llave se cierra para ese período, sin importar cuántas empresas más quieran donar.

Es como un fondo de inversión con cupo limitado: entran los más ágiles y mejor organizados. Los que lleguen tarde, deberán esperar al siguiente período fiscal.

El impacto real: más allá de los asientos contables

Lo que hace verdaderamente interesante a la nueva ley de vivienda de interés social es el cambio de paradigma que representa para los departamentos financieros y de responsabilidad social empresarial.

Hasta ahora, las donaciones corporativas en vivienda se registraban como gastos no deducibles o, en el mejor de los casos, generaban una pequeña deducción en la base imponible. El incentivo fiscal era marginal y difícil de cuantificar en un plan de negocios serio.

Con esta reforma, un gerente financiero puede presentar ante su directorio un modelo donde construir un bloque de viviendas sociales tiene el mismo impacto en el balance que pagar impuestos. Dólar por dólar. Eso convierte la responsabilidad social corporativa en un argumento financiero, no solo ético, y eso cambia conversaciones en las salas de juntas.

Lo que deben tener en cuenta los equipos contables

Para los profesionales contables y financieros, la nueva ley de vivienda de interés social implica coordinar áreas que históricamente no se comunican. Los departamentos de impuestos, finanzas, responsabilidad social y hasta operaciones deben alinearse antes de comprometer recursos.

El SRI y el ministerio de vivienda tienen un plazo de 30 días desde la vigencia de la ley para emitir la normativa secundaria: formatos de convenios, instructivos de valoración, casillas de declaración y demás herramientas operativas. Seguir de cerca esa reglamentación será la tarea inmediata.

La ley también impone al ente rector un plazo improrrogable de 90 días para transferir el dominio de las viviendas a los beneficiarios cuando el terreno sea del Estado. Esto protege al sector privado de que sus proyectos queden en el limbo administrativo indefinidamente.

Conclusión

La nueva ley de vivienda de interés social es, en esencia, una alianza táctica entre el Estado y el sector privado: el gobierno cede recaudación fiscal para ganar velocidad de ejecución, y las empresas convierten su carga tributaria en infraestructura social.

No es filantropía: es política pública diseñada con incentivos financieros reales. Para quienes sepan aprovecharla dentro de la ventana 2026-2029, representa una oportunidad extraordinaria de optimizar la carga tributaria mientras se construye impacto social medible y documentable.

El reto está en la planificación: sin proyecciones quirúrgicas de utilidades, convenios previos bien firmados y coordinación institucional, el beneficio puede evaporarse sin dejar rastro.


Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de empresas pueden acceder al beneficio de la nueva ley de vivienda de interés social?

Cualquier contribuyente del impuesto a la renta en Ecuador puede acceder al beneficio, sin importar su sector. Las constructoras o cementeras pueden donar la infraestructura física (segmento 1), mientras que empresas de servicios, financieras o cualquier otra que no tenga capacidad constructora pueden aportar el valor monetario equivalente al subsidio del segmento 2. Lo importante es suscribir el convenio previo con el Ente Rector de Hábitat y Vivienda antes de ejecutar cualquier donación.

¿Qué pasa si el valor donado supera el 30% del impuesto a la renta causado?

El excedente simplemente no genera ningún beneficio adicional. La ley es clara: no existe mecanismo de devolución ni de arrastre al año siguiente.

Si una empresa dona $500.000 pero su tope del 30% es de $300.000, los $200.000 restantes se pierden como crédito fiscal. Por eso es fundamental proyectar las utilidades con precisión antes de comprometer el valor de la donación.

¿Cómo se determina el valor de la vivienda para efectos del crédito fiscal?

No se utiliza el costo real de construcción de la empresa ni un avalúo comercial privado. El valor reconocido para la rebaja es el técnico referencial que establece el ministerio responsable del hábitat, basado en un costo paramétrico por metro cuadrado para viviendas de interés social.

Si la empresa construye a mayor costo, el excedente corre por su cuenta sin compensación fiscal.

¿Puede una empresa elegir en qué zona del país construir las viviendas?

No libremente. El Estado mantiene el control territorial a través de un catálogo de necesidades habitacionales que el Ente Rector de Vivienda publica anualmente, priorizando zonas con los mayores índices de déficit habitacional, pobreza y necesidades básicas insatisfechas.

Las empresas deben seleccionar sus proyectos dentro de las opciones listadas en ese catálogo oficial, cuya publicación para los ejercicios 2027-2029 se realizará hasta el 15 de febrero de cada año.

¿Hasta cuándo está vigente el incentivo tributario de la nueva ley de vivienda de interés social?

El beneficio tiene carácter temporal y aplica exclusivamente para los períodos fiscales 2026, 2027, 2028 y 2029. Una vez cerrado el ejercicio fiscal 2029, la rebaja deja de estar disponible.

No existe en la norma actual ninguna disposición que anticipe una prórroga o extensión del mecanismo más allá de ese horizonte.

Ahora conocemos varios detalles importantes sobre la nueva Ley de vivienda de interés social en Ecuador, con la cual las empresas pueden sacar mejor partida tributaria.

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