CAMBIO DE PORCENTAJE DE 70% A 50%  PARA EXPORTADORES  DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN ADQUISICIONES RELACIONADAS CON  SU EXPORTACIÓN.

 

Base Legal: 2S. R.O. No. 660 publicado el 31 de diciembre 2015.

 

  En los pagos que efectúen los exportadores de recursos naturales  no renovables se retenía el 70% pero ahora pasa al 50% en la adquisición de servicios derechos, en el pago de comisiones empleado en la fabricación y comercialización de bienes que se exporten.

 

Reformar la Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000284, mediante la cual se fijaron los porcentajes de retención de IVA

 

Artículo único.- En el primer inciso del artículo 11 de la Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000284, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 473 del 6 de abril de 2015, sustitúyase la siguiente frase:

 

“setenta por ciento (70%)”, por “cincuenta por ciento (50%) ”.

 

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Registro Oficial.

 

Comuníquese y publíquese.

 

Dado en Quito D. M., a  29 de diciembre de 2015.

Saludos Cordiales,

Dr. Wilmer Cóndor

Asesor  Empresarial

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