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NUEVO PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO 120 RESPECTO DE LAS CONTRIBUCIONES SOLIDARIAS SEÑALADAS EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN Y EN LOS CASOS CONTEMPLADOS EN LA MISMA

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Fuente: Servicio de Rentas Internas

Base Legal: SRO 852 del 30 Septiembre 2016

Artículo 1. Objeto.- Autorizar a los sujetos pasivos obligados a reportar la información complementaria de la declaración de las contribuciones solidarias sobre el patrimonio y sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior de acuerdo con lo establecido en la Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000369, a presentar el “Formulario 120: Formulario Múltiple de Declaración” relativo a dicha información, a partir del 07 de noviembre de 2016 de acuerdo al siguiente calendario:

Noveno dígito del RUC o cédula de identidadFecha de vencimiento
110 de noviembre
212 de noviembre
314 de noviembre
416 de noviembre
518 de noviembre
620 de noviembre
722 de noviembre
824 de noviembre
926 de noviembre
028 de noviembre

Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil. Para el caso de los extranjeros que no estén inscritos en el RUC, ni posean cédula de identidad, se autoriza la presentación de la información desde el 07 hasta el 28 de noviembre de 2016.

Artículo 2. Obligatoriedad de presentación en los nuevos plazos.- Los sujetos pasivos de las contribuciones solidarias sobre el patrimonio y sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior, que se detallan a continuación, deberán presentar el “Formulario 120: Formulario Múltiple de Declaración” en los plazos señalados en el artículo anterior, incluso si la información referente a las mencionadas contribuciones ya hubiere sido presentada con anterioridad:

1. Contribución solidaria sobre el patrimonio: Los sujetos pasivos en calidad de sustitutos.

  1. Las personas naturales, residentes o no en el Ecuador, beneficiarios efectivos de sociedades no residentes sujetas a la contribución referida en el numeral 2 de este artículo que, a efectos de que dichas sociedades se exoneren total o parcialmente de tal contribución, deban incluir en la declaración de la contribución sobre el patrimonio, información sobre los bienes inmuebles y/o derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de esas sociedades, conforme al porcentaje que les corresponda.

Los sujetos señalados en este numeral deberán cumplir con la obligación establecida en el primer inciso de este artículo cuando la base imponible a ser reportada en el formulario 120 sea menor a un millón (1´000.000,00) de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.

2. Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior: Los sujetos pasivos en calidad de contribuyentes o sustitutos en todos los casos.

DISPOSICIONES GENERALES:

PRIMERA.- Para la aplicación de la presente Resolución se deberán observar los instructivos que estarán disponibles en la página web institucional www.sri.gob.ec a partir del 20 de octubre de 2016.

SEGUNDA.- Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de control.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Quito D.M., a 22 de septiembre de 2016.

Dictó y firmó la resolución que antecede, el Economista Leonardo Orlando Arteaga, Director General del Servicio de Rentas Internas, en Quito D.M., 22 de septiembre de 2016.

Lo certifico.

f.) Dra. Alba Molina, Secretaria General, Servicio de Rentas Internas.

Saludos Cordiales,

 Dr. Wilmer Cóndor

 Consultor Empresarial

 Cel. 0999495331

 Oficina: 02 3285 312/ 02 3280240

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