Artículo 1.- Objeto.- Establecer los rangos de las tablas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos para el período fiscal 2020, a partir de la variación anual del índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC a noviembre de 2019.

Artículo 2.- Personas naturales y sucesiones indivisas. – Los rangos de la tabla prevista en el literal a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta para los ingresos percibidos por las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio fiscal 2020, son los siguientes:

Artículo 3.- Herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos.- Los rangos de la tabla prevista en el literal d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta por incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, correspondientes al ejercicio fiscal 2020, son los siguientes:

DISPOSICIÓN FINAL. – La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2020.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Quito D.M., a 17 de diciembre de 2019. Dictó y firmó la Resolución que antecede, la Economista Marisol Andrade Hernández, Directora General del Servicio de Rentas Internas, en Quito D. M., a 17 de diciembre de 2019.

Fuente:       Servicio de Rentas Internas

Base Legal: SRO No. 108 del 26 de diciembre del 2019.

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