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Proveedores de facturación electrónica: así es el nuevo registro obligatorio ante el SRI

Si trabajas con facturación electrónica en Ecuador, seguro ya escuchaste el rumor: el SRI le apretó las tuercas a los proveedores de sistemas de facturación. ¿Y sabes qué? No es un rumor, es una resolución oficial que ya está en vigencia. Vamos a desmenuzarla juntos, sin tecnicismos que te dejen con más dudas que respuestas.

Qué cambia con la nueva resolución del SRI para facturación electrónica

El Servicio de Rentas Internas publicó la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000027, y con ella llega un cambio que afecta a dos grupos: a quienes desarrollan o venden sistemas de facturación electrónica, y a quienes los usan para emitir sus comprobantes.

Es decir, si tienes un negocio y facturas a través de un software de terceros, esto también te toca a ti.

¿Por qué lo hizo el SRI? Piénsalo como poner un candado nuevo en una puerta que antes se quedaba entreabierta. Hasta ahora, cualquier desarrollador podía ofrecer servicios de facturación electrónica sin un registro formal y exclusivo ante la administración tributaria.

La nueva norma busca cerrar esa brecha, identificar con nombre y apellido a quienes prestan este servicio, y abrir un canal directo de comunicación con el SRI.

Quiénes deben registrarse como proveedores de facturación electrónica

La resolución es bastante clara en su artículo 2 y divide a los sujetos obligados en dos grupos.

Por un lado están los desarrolladores y dueños del código fuente de sistemas informáticos que permiten emitir, firmar, transmitir y almacenar comprobantes electrónicos, siempre que su fin sea comercializar ese sistema.

Por otro lado están quienes son propietarios de licencias y del código fuente de sistemas desarrollados por terceros, también con fines comerciales.

En resumen: si desarrollas el software o si eres dueño de la licencia para venderlo, entras en esta categoría. ¿Y si solo usas un sistema de facturación para tu propio negocio, sin revenderlo? Ahí no eres el proveedor, eres el cliente, y tu obligación es otra que te cuento más abajo.

Los nuevos códigos CIIU que debes conocer

Para formalizar esta actividad, el SRI habilitó dos códigos CIIU nuevos y estos ya están activos.

El código J62021002 corresponde a la planificación, diseño y desarrollo de sistemas para la emisión, transmisión y conservación de comprobantes electrónicos bajo las normas del SRI. Este es para quienes crean el software desde cero.

El código J62021003, en cambio, aplica a la comercialización de sistemas desarrollados por terceros, es decir, para quienes revenden o distribuyen una solución que no construyeron ellos mismos.

Si eres proveedor, tienes que actualizar tu RUC e incluir uno de estos dos códigos, según corresponda, junto con un establecimiento exclusivo para esta actividad. Nada de mezclarlo con otras líneas de negocio en el mismo establecimiento.

Nuevos códigos CIIU - Facturación Electrónica SRI
Nuevos códigos CIIU – Facturación Electrónica SRI

Los plazos que no puedes dejar pasar

Aquí es donde muchos se pierden, así que vamos con calma porque hay dos relojes corriendo al mismo tiempo y no son iguales.

El primero es para los proveedores: tienen 30 días hábiles desde la publicación de la resolución en el Registro Oficial (28 de julio de 2026) para actualizar su RUC con el establecimiento y la actividad económica exclusiva. Treinta días hábiles suenan a bastante tiempo, pero entre trámites, citas y papeleo, se acortan más rápido de lo que crees.

El segundo plazo es para los contribuyentes que emiten comprobantes a través de un proveedor externo: tienen 60 días calendario, contados desde la misma fecha, para incluir el número de RUC de su proveedor en la información adicional de sus facturas.

Ojo con la diferencia: uno se cuenta en días hábiles y el otro en días calendario, así que no los confundas al armar tu cronograma interno.

Qué deben hacer las empresas que usan facturación electrónica de terceros

Ahora hablemos de ti si eres el cliente, es decir, si tu negocio emite facturas usando un software que no es tuyo ni desarrollaste. Tu tarea es simple de entender, aunque requiere coordinación con tu proveedor de sistema.

Debes incluir el número de RUC de tu proveedor de facturación electrónica en la sección de información adicional de cada comprobante que emitas.

No es un cambio en tus productos, precios ni en tu actividad económica, es un dato extra que se suma al comprobante para que el SRI sepa quién está detrás de la tecnología que usas.

¿Y si trabajas con varios proveedores? Cada comprobante debe llevar el RUC del sistema con el que efectivamente se generó ese documento en particular. Aquí la clave es la trazabilidad: el SRI quiere poder rastrear qué plataforma emitió qué factura.

Cómo se agrega el RUC del proveedor en el comprobante electrónico

Vamos a lo técnico, pero explicado en cristiano. El campo se ubica dentro del nodo infoAdicional, usando la etiqueta CampoAdicional. El formato es alfanumérico y admite hasta 300 caracteres, aunque en la práctica solo necesitas los 13 dígitos del RUC.

El atributo «nombre» del campo debe decir literalmente «RUC Proveedor», y el contenido del tag debe ser el número de RUC de tu proveedor. Un ejemplo real se vería así:

<campoAdicional nombre="RUC Proveedor">1719369561001</campoAdicional>

Y en el formato RIDE, es decir, en la representación impresa de tu factura, ese dato aparece dentro del bloque de «Información Adicional», junto a otros campos como el teléfono o el correo del emisor.

Si trabajas con un proveedor tecnológico serio, probablemente ya esté ajustando su sistema para incluir este campo de forma automática. Vale la pena preguntarle directamente si ya lo tiene contemplado.

RUC proveedor facturación electrónica SRI
RUC proveedor facturación electrónica SRI

👉Lee también: Nueva resolución del SRI para transporte terrestre comercial: así cambia la facturación en 2026

Qué pasa si usas el facturador gratuito del SRI

Aquí una buena noticia para respirar tranquilo. Si emites tus comprobantes a través del Facturador SRI, la herramienta gratuita de la propia administración tributaria, no tienes que hacer ningún cambio.

No aplica ningún campo adicional ni ninguna actualización en tu RUC por este motivo, porque en ese caso el SRI ya es, en la práctica, tu propio proveedor.

Esto tiene sentido si lo piensas como un candado que solo se activa cuando hay un tercero de por medio. Si tú mismo eres quien factura directamente con la herramienta del Estado, no hay intermediario que identificar.

Por qué el SRI está reforzando este control ahora

¿Te has preguntado qué gana el SRI con todo esto? La respuesta corta es transparencia y trazabilidad. Con la facturación electrónica creciendo cada año en Ecuador, también crecieron los proveedores privados que ofrecen estos servicios, y no todos estaban formalmente identificados ante la administración tributaria.

Con este registro, el SRI podrá publicar mensualmente en su portal web un listado actualizado de los proveedores habilitados. Esta lista se renovará dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, así que si contratas un nuevo sistema de facturación, vale la pena verificar que aparezca en ese registro público antes de firmar cualquier contrato.

Es, básicamente, una forma de poner orden en un mercado que había crecido rápido y sin un canal de comunicación claro entre el regulador y quienes desarrollan la tecnología que mueve millones de comprobantes cada mes.

👉Infórmate: Calendario tributario agosto 2026 en Ecuador: fechas clave del SRI

Cómo prepararte para cumplir sin contratiempos

No hace falta esperar al último día para actuar, y de hecho, no te conviene. Si eres proveedor, revisa cuanto antes qué código CIIU te corresponde y agenda tu actualización de RUC. Si eres el contribuyente que usa un sistema de terceros, contacta a tu proveedor y pregúntale directamente cuándo estará disponible el campo del RUC en tu facturación, para no quedarte corriendo contra el reloj cerca del vencimiento.

Una recomendación práctica: anota ambas fechas límite en tu calendario tributario, junto con tus demás obligaciones mensuales, para que no se te cruce con otros trámites como el IVA o el pago de anexos.

Conclusión

En pocas palabras, esta resolución no busca complicarte la vida, busca poner nombre y apellido a quienes están detrás de la tecnología que usas para facturar.

Si eres proveedor, actualiza tu RUC con el código CIIU correcto dentro de los 30 días hábiles. Si eres cliente de un sistema externo, coordina con tu proveedor para incluir su RUC en tus comprobantes dentro de los 60 días calendario.

Y si usas el facturador gratuito del SRI, puedes seguir tranquilo, porque a ti este cambio no te afecta. Cumplir a tiempo no solo te evita sanciones, también te da la tranquilidad de saber que tu facturación está en regla frente a cualquier revisión.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un proveedor de facturación electrónica según el SRI?

Es toda persona o empresa que desarrolla, es dueña del código fuente, o posee la licencia de un sistema para emitir, firmar, transmitir o almacenar comprobantes electrónicos, con el fin de comercializarlo a terceros.

¿Debo registrarme si solo uso un sistema de facturación para mi propio negocio?

No. Si no comercializas el sistema a otros contribuyentes, tú eres el usuario final, no el proveedor, y tu única obligación es incluir el RUC de tu proveedor en tus comprobantes.

¿Qué pasa si mi proveedor de facturación no aparece en el listado del SRI?

Conviene contactarlo directamente para confirmar si ya inició su proceso de registro, ya que el listado oficial se publicará y actualizará mensualmente en el portal del SRI.

¿El campo del RUC del proveedor cambia el diseño de mi factura?

No cambia el diseño general, solo agrega un campo dentro de la sección de información adicional, similar a otros datos como el teléfono o el correo electrónico del emisor.

¿Qué sanciones existen si no cumplo con estos plazos?

La resolución no detalla una sanción específica dentro de su texto, pero al ser una obligación formal ante el SRI, su incumplimiento puede generar observaciones o sanciones conforme a las normas generales de deberes formales del Código Tributario.

Así hemos conocido todos los detalles de este registro obligatorio para los proveedores de facturación electrónica en Ecuador en este 2026.

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