REFORMAS AL EMITIR NOTAS DE CRÉDITO
REFORMAS AL EMITIR NOTAS DE CRÉDITO
Fuente: Servicios de Rentas Internas
Base Legal: 2SRO 838 de Septiembre 12 del 2016
Artículo 1.- Efectúense las siguientes reformas a la Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000247, publicada en el Suplemento de Registro Oficial No. 781 del 22 de junio de 2016:
1. Sustitúyase el artículo 8 por el siguiente:
“Artículo 8. Emisión de notas de crédito.- En las notas de crédito que se emitan por transacciones en las que se hubiera recibido un descuento en el IVA, se deberá señalar el valor proporcional de la compensación atribuible a dichos descuentos, en las casillas definidas para el efecto.
En las notas de crédito por comprobantes de venta emitidos en las provincias de Manabí y Esmeraldas, se registrará y descontará los dos puntos porcentuales del IVA compensados, independientemente de la ubicación del establecimiento en que se emita dicha nota.
Para el caso de transacciones en las que el pago se hubiere realizado a través de dinero electrónico, tarjetas de débito, crédito o prepago, las notas de crédito se emitirán señalando el valor del IVA con tarifa respectiva, sin registrarse el valor del impuesto devuelto previamente. El valor del IVA devuelto por pagos con dinero electrónico, tarjeta de crédito, débito
- prepago a través del establecimiento, se compensará en futuras devoluciones a favor del titular de la cuenta
2.- Sustitúyase en el primer inciso de la Disposición Transitoria Segunda la frase “tendrán un plazo de sesenta (60) días hábiles para la inclusión de los requisitos señalados en el artículo 4 de la presente Resolución” por “tendrán un plazo de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución para la inclusión de los requisitos señalados en el artículo 4 de este acto normativo.”
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dictó y firmó la Resolución que antecede, la Ingeniera Paola Hidalgo Verdesoto, Directora General (S) del Servicio de Rentas Internas, en Quito D. M., 09 de septiembre de 2016.
Lo certifico.
f.) Javier Urgilés Merchán, Secretario General (S), Servicio de Rentas Internas.
Saludos Cordiales,
Dr. Wilmer Cóndor
Consultor Empresarial
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Oficina: 02 3285 312/ 02 3280240
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