El Boletín Contable Administrativo informa que el Décimo Cuarto Sueldo se debe pagar máximo hasta el 15 de agosto del 2015. El Décimo cuarto sueldo (décimacuarta remuneración) o bono escolar es un beneficio y lo deben percibir todos los trabajadores bajo relación de dependencia, indistintamente de su cargo o remuneración. Solo se encuentran excluidos los operarios y aprendices de artesanos de acuerdo con el Art.115 del Código del Trabajo. Y consiste en un sueldo básico unificado vigente a la fecha de pago( 1SBU en el 2015). Saludos Cordiales, Dr. Wilmer Còndor Gerente General BCA Cia. Ltda. Cel: 0999495331 Oficina: 02 3285 312/ 02 3280240 www.boletincontable.com www.contadoresauditores.com www.auditoriasenquito.com