Art. 1.- Ámbito de aplicación. – Establézcanse las normas para la emisión, entrega y transmisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios expedidos por sujetos pasivos previamente autorizados por la Administración Tributaria, mediante el esquema de comprobantes electrónicos.

Art. 2.- Tipos de comprobantes electrónicos. – Los sujetos pasivos de tributos podrán emitir como comprobantes electrónicos, entre otros, los siguientes comprobantes de venta, retención y documentos complementarios:

  1. Facturas;
  2. Comprobantes de Retención;
  3. Guías de Remisión;
  4. Notas de Crédito;
  5. Notas de Débito; y,
  6. Liquidaciones de Compra de Bienes y Prestación de Servicios.

Fuente:       Servicio de Rentas Internas

Base Legal: SRO N°501 del 04 de junio del 2019

Resolución No: NAC-DGERCGC19-00000023

Boletín Contable

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