IMPRENTAS AUTORIZADAS PARA IMPRIMIR TICKET PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
IMPRENTAS AUTORIZADAS PARA IMPRIMIR TICKET PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
Fuente: MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
Base Legal: RO 999 del 8 Mayo 2017
De acuerdo a lo señalado en el artículo 7 del Código Tributario, en concordancia con lo establecido en la disposición general primera de la Ordenanza Metropolitana No. 141, es facultad del Director Metropolitano Tributario emitir circulares de carácter general, para la aplicación de leyes y ordenanzas tributarias y para la armonía y eficiencia de la Administración Metropolitana Tributaria.
Conforme lo establece la Ordenanza Metropolitana No. 204 en su sección III, el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito a través de la Dirección Metropolitana Tributaria seleccionará a las imprentas autorizadas para la emisión e impresión de entradas para los espectáculos públicos que se realicen en el cantón, así como también emitirá la autorización para la impresión del boletaje respectivo.
En base a las disposiciones legales antes citadas la Administración Metropolitana Tributaria pone en conocimiento de los Empresarios, Promotores u Organizadores de Espectáculos Públicos Deportivos Masivos:
- El listado de las Imprentas Autorizadas para impresión de entradas para Espectáculos Públicos Deportivos Masivos a realizarse en esta ciudad:
RUC IMPRENTA | RAZÓN SOCIAL IMPRENTA | AUTORI‑ |
0992969350001 | INSTATICKETS | DMT-GTR‑ |
1711629186001 | PAUL STEBH | DMT-GTR‑ |
1700215401001 | GONZALO | DMT-GTR‑ |
0992547545001 | TICKET SHOWS | DMT-GTR‑ |
1706644596001 | MARTHA | DMT-GTR‑ |
1714633185001 | MAGDALENA | DMT-GTR‑ |
- Se recuerda a los Empresarios, Promotores u Organizadores que en cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana No. 204, las entradas autorizadas para espectáculos públicos deben ser impresas únicamente por imprentas autorizadas por esta Dirección Metropolitana Tributaria y que el incumpliendo de lo indicado constituye una infracción tributaria que es objeto de sanción conforme a la normativa vigente
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Quito D.M., a 12 de abril de 2017.
Proveyó y firmó la circular que antecede, el Dr. Felipe Córdova, Director Metropolitano Tributario (S) del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
Lo certifico.
f.) Ximena Cadena Aguayo, Secretaría de la Dirección Metropolitana Tributaria, Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
SECRETARÍA GENERAL.- CONCEJO
METROPOLITANO.- Certifico que el documento que antecede en 2 fojas es fiel copia del original.- f.) Secretario(a) General.- Quito, 18 de abril de 2017.
Saludos Cordiales,
Dr. Wilmer Cóndor
Consultor Empresarial
Cel. 0999495331
Oficina: 02 3285 312/ 02 3280240