TASAS DE INTERÉS TRIMESTRALES POR MORA TRIBUTARIA 4to TRIMESTRE 2019
De acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código Tributario reformado por el artículo 58 de la “Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal”; a partir de septiembre de 2018:
- El interés anual por obligación tributaria no satisfecha equivaldrá a una vez la tasa activa referencial para noventa días determinada por el Banco Central del Ecuador en los casos en que se liquide el propio contribuyente; y,
- Para las obligaciones tributarias establecidas luego del ejercicio de las respectivas facultades de la Administración Tributaria, incluidas las obligaciones generadas por el RISE e impuestos vehiculares; el interés anual será equivalente a 1,3 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador.
A continuación, se adjunta la tabla con las tasas de interés:
Tabla 1 – Tasas de Interés Trimestrales por Mora Tributaria en autodeterminación del contribuyente
En porcentajes
*Tasa de interés vigente hasta agosto 2018. Para septiembre de 2018, la tasa de interés en autodeterminación del propio contribuyente fue de 0,611%.
Tabla 2 – Tasas de Interés Trimestrales por Mora Tributaria en ejercicio de las facultades de la Administración Tributaria
En porcentajes
**Tasa de interés vigente hasta agosto 2018. Para septiembre de 2018, la tasa de interés en aplicación de las facultades de la Administración Tributaria fue de 0,794%.
Fuente: Banco Central del Ecuador
Base Legal: Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador.