SUPERINTENDENCIA PRESENTA OBJECIONES SOBRE RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA DE ACCIONISTAS PORQUE PERJUDICARÍA A LA CREACIÓN DE COMPAÑÍAS
Fuente: Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Base Legal: Noticias Portal de la Superintendencia.
La superintendente de Compañías, Valores y Seguros, Suad Manssur Villagrán, participó hoy, 9 de noviembre, en la sesión de la Comisión de Régimen Económico y Tributario de la Asamblea Nacional, con la finalidad de exponer el criterio institucional frente al proyecto de Ley para Impulsar la Reactivación Económica del Ecuador, remitido por el Ejecutivo con carácter urgente. También entregó sus observaciones por escrito.
En su intervención, la autoridad expresó su profunda preocupación porque la ley implementa la responsabilidad tributaria de los accionistas y los convierte en responsables solidarios de las deudas de las empresas, sin que medie una declaración judicial previa que acredite que ellos abusaron de la personalidad de la sociedad o la usaron como medio para defraudar. “No se puede incluir a los accionistas como responsables solidarios porque perjudicaría a la creación de nuevas empresas” enfatizó la superintendente.
Manssur señaló que habría una afectación al mercado bursátil, pues quien adquiera una acción de una compañía se convertiría en responsable solidario, con su patrimonio, sobre las obligaciones tributarias que tenga la sociedad, lo cual no tiene lógica. La institución de control considera que la reforma es perjudicial para el emprendimiento, la movilización de ahorro interno y externo al capital de compañías ecuatorianas, el establecimiento de capitales de riesgo y el desarrollo del mercado de valores de renta variable, e impedirá la democratización y desconcentración del capital empresarial en el Ecuador.
Respecto a la Ley de Compañías, la Superintendencia apoya la reforma que obliga a informar anualmente sobre los beneficiarios finales del capital social de las compañías, aunque se explicó la inconveniencia de volver obligatoria la cancelación de sociedades que no han podido concluir su liquidación en el plazo de dos años, pues esto podría lesionar los derechos de trabajadores y otros acreedores públicos y privados. En su lugar, la Superintendencia propone modificar las disposiciones que regulan la liquidación.
En materia de mercado de valores, la Superintendencia aporta varias observaciones y comentarios. En lo principal, recalca que no existe ninguna necesidad de reformar la definición de mercado privado y las disposiciones sobre transferencias fuera de bolsa, y que tal reforma sólo podría atentar contra la transparencia del mercado de valores.
Además, considera inconveniente que el sector público pueda inscribir a su arbitrio títulos de su propiedad, sin contar con la aceptación del emisor y que este difunda la información necesaria para los inversionistas. La Superintendencia también realiza precisiones sobre las facultades de las casas de valores en materia de underwriting; el carácter de las unidades de participación de los fondos de inversión administrados; y la posibilidad de que terceros actúen como agentes de distribución de estas unidades.
La entidad informó su apoyo a habilitar que las emisiones de obligaciones de largo plazo se puedan realizar por instrumento privado, pero remarcó que es necesario mantener las normas que aseguran la independencia de los directorios de las bolsas de valores y las que permiten la evaluación de los riesgos de tales bolsas, así como de las casas de valores, administradoras de fondos y fideicomisos, y fiduciarios públicos.
Por último, la Superintendencia manifestó que es positivo que el Registro de Datos Crediticios pase a ser administrado por la Superintendencia de Bancos (SB), pero recomendó que se establezca la obligación de que la información se transmita directamente a la SB, sin pasar innecesariamente por otras entidades de control.
Para terminar, Suad Manssur solicitó a la comisión que analice las objeciones planteadas, a fin de evitar efectos negativos en el sector societario y en el mercado bursátil.
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Dr. Wilmer Cóndor
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